Cómo se calcula la paga extra de verano

  • No todos los pensionistas reciben la paga extra de verano.

  • La Seguridad Social informa de que esta fecha puede ser diferente para los pensionistas, en función del banco en el que esté domiciliada la pensión

  • Se acerca una de las fechas más importantes para la mayoría de los pensionistas españoles: el cobro de la paga extraordinaria de verano

Se acerca una de las fechas más importantes para la mayoría de los pensionistas españoles: el cobro de la paga extraordinaria de verano. El organismo ha explicado a través de su página web que la fecha de cobro de esta paga de verano de las pensiones será la misma que la en la que se abona la pensión correspondiente al mes de junio. Esto se debe a que la paga se ingresa a la vez que la pensión en el mes corriente.

La Seguridad Social informa de que esta fecha puede ser diferente para los pensionistas, en función del banco en el que esté domiciliada la pensión, pero que en términos generales se pagarán estas pensiones (y sus pagas extra) "en los últimos días del periodo de devengo".

La Seguridad Social está obligada a pagar las prestaciones entre el primer día hábil y el cuarto día natural del mes, pero lo cierto es que a raíz de la pandemia los bancos decidieron adelantar el pago de las pensiones para dar cierta solvencia económica a los pensionistas en esos meses tan complicados. La práctica aún se mantiene en algunos casos e implica que la paga extra de verano de las pensiones puede llegar entre los días 23 y 25 del mes.

Sin embargo, no todos los pensionistas cobrarán esta paga extra. Existen casos en los que el importe de las dos pagas extra se prorratea a lo largo del año. Esto quiere decir que no cobran menos, solamente tienen una modalidad de pago diferente y no hay desigualdades.

En concreto, explica la Seguridad Social, esto sucederá "en el caso de pensiones que deriven de accidente de trabajo y enfermedad profesional", que solo tienen 12 mensualidades y no 14.

¿Qué pensiones tienen 14 pagas?

Estos son los diferentes tipos de pensionistas que sí reciben 14 pagas:

  • Pensión por jubilación

Las personas que reciban una pensión por jubilación recibirán un total de 14 pagas, es decir, una durante cada mes del año, más las pagas extras de verano, en el mes de junio, y la llamado paga extra de Navidad, en noviembre.

  • Pensión por incapacidad permanente

Para los cobros por incapacidad permanente, hay que hacer un pequeña distinción. Si la pensión deriva de enfermedad común o accidente no laboral, sí tendrá derecho a las dos pagas extras. En cambio, si deriva de un accidente de trabajo o enfermedad profesional, se abona en 12 mensualidades.

  • Pensión por viudedad y orfandad

En caso de viudedad u orfandad, se aplica la norma de las 14 pagas.

  • Pensión en favor de familiares

Las pensiones en favor de familiares también disponen de las dos pagas extras de junio y noviembre. No obstante, hay excepciones: pensiones por accidentes de trabajo o por enfermedad profesional.

Todos los trabajadores tienen derecho a recibir "dos gratificaciones extraordinarias al año", según contempla el artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores. Una de ellas, la percibirán en Navidad y la otra "en el mes que se fije por convenio colectivo o por acuerdo entre el empresario y los representantes legales de los trabajadores". Normalmente, la segunda paga extra suele realizarse en verano. Así, con la llegada de esta estación, muchos empleados están a punto de recibirla.

Estas pagas no cotizan por sí mismas, ya que cada empleado realiza unas aportaciones a la Seguridad Social todos los meses en base al salario mensual prorrateado. Esto quiere decir que la entidad deduce los conceptos de contingencias comunes, desempleo y formación profesional como si el salario tuviera las pagas extra prorrateadas, lo que equivaldría a haber cotizado por ellas cada mes.

En cambio, a las pagas extraordinarias sí se les retiene por el (IRPF). Este tributo también se deduce cada mes, pero de manera diferente, ya que es un porcentaje de la nómina efectiva de dicho mes, sin tener en cuenta el salario prorrateado. De esta forma, cuando el trabajador recibe una paga extra sólo tendrá que descontar el IRPF, ya que las aportaciones a la Seguridad Social habrán sido abonadas previamente.

El Estatuto de los Trabajadores recoge que la cuantía de las pagas extra se fijará por convenio colectivo, aunque en ningún caso podrá ser inferior a 30 días o al salario mínimo interprofesional, 950 euros en la actualidad.

Para calcular el dinero correspondiente hay que tener en cuenta el tiempo trabajado en esa empresa. Si se lleva menos de un año, el cálculo de la paga extra se haría multiplicando el valor de la gratificación por los días trabajados y dividiendo el resultado entre los días del periodo de paga extra. Si es anual, se empieza a generar el derecho a la extra de verano desde el cobro de la anterior nómina estival. Si es semestral, se contabiliza desde la de Navidad.

Los pensionistas también tienen su paga extra de verano que cobran en junio. La cuantía de este ingreso es la misma que la de la pensión ordinaria. Del mismo modo, los funcionarios cobran en junio esta gratificación, cuya cuantía es la de un salario mensual completo. En 2012, se suprimió una de las pagas extras de este colectivo, pero se recuperó y el Gobierno ha tenido que ir devolviendo ese dinero en los últimos años.

La cuantía recibida para la paga extra es la misma que para las pensiones ordinarias. Así, las pensiones están marcadas por el dato del IPC. Esto es lo que han aumentado las retribuciones:

  • Pensiones contributivas

Estos pagos van destinados a aquellos pensionistas que han cotizado como mínimo 15 años en la Seguridad Social y han aumentado un 2,5%. En el caso de la media de pensiones en España (1.000 euros al mes) este aumento supone alrededor de 25 euros más al mes.

  • Pensiones no contributivas

Son todas aquellas que reciben las personas que no han cotizado el período mínimo legal en la Seguridad Social. Éstas aumentan un 3%, al igual que en las personas que tienen el Ingreso Mínimo Vital u otras prestaciones por tener hijos a su cargo. Siguiendo el cálculo de la media de pensiones en nuestro país, supondría unos 30 euros más al mes.