Declaración Renta 2023: ¿Cómo modificar el código IBAN?

  • Se recomienda revistar todos los datos varias veces antes de aceptar el borrador para evitar errores

  • En ocasiones solucionar algún pequeño fallo es más sencillo de lo que parece, sobre todo si nos damos cuenta a tiempo

  • Declaración Renta 2023: plazos para efectuar el pago

Es bastante habitual tener ciertas dudas a la hora de presentar la declaración de la Renta, pero es más que recomendable solucionarlas lo antes posible, para evitar problemas en el futuro y poder solucionar los actuales, que en ocasiones son cuestiones sencillas de solucionar

Para muchas personas esto es un mero trámite, aceptan lo que pone el borrador tras asegurarse de que los datos son correctos, otros prefieren confiar en un profesional para evitar tener que preocuparse ellos mismos. 

Un primer paso puede ser saber si eres de las personas que tienen que hacer la declaración o eres de las que no tienen que hacerla. Es obligatorio para todas las personas que hayan ingresado más de 22.000 euros procedentes de un único pagador o 14.000 euros de varios pagadores. Los autónomos tienen que hacerla siempre. 

A través de la web de la Agencia Tributaria es posible presentar la declaración de la Renta sin salir de casa. Ahí puedes solicitar el borrador con tu DNI y la fecha de validez o expedición. Después, en ‘Acceder identificándose con Referencia’ solo tendrás que introducir la casilla solicitada y podrás acceder a él. También se puede acceder con el certificado digital o a través de la Cl@ve. 

Una vez que has revisado todo y todo lo que ves en el borrador te parece correcto, solo tendrás que elegir cómo quieres que te paguen o pagar, los plazos y tu IBAN para poder hacer los trámites. Después, solo con aceptar estarás firmando y presentando la declaración, pero... ¿qué sucede si tras hacer todos estos trámites nos damos cuenta de que tenemos que modificar el IBAN

Cómo modificar el código IBAN de la Renta 2023

Existe una solución para resolver este problema y es la propia Agencia Tributaria la que lo explica en su página web. Solo tendrás que acceder a tu expediente desde "Servicio tramitación de borrador / declaración (Renta WEB)" y verifica si la modificación puede realizarse desde el apartado "Servicios Disponibles".

  • Si el resultado es una devolución. Si la orden de transferencia no se ha hecho efectivo, desde ‘Modificar cuenta IBAN de devolución’ podrás hacer los cambios que sean necesarios. 
  • Si el resultado es un ingreso. Desde ‘Consulta de la domiciliación’ y en caso de que la orden de domiciliación no se haya efectuado, podrás rectificarlo y revocar la orden de domiciliación para seleccionar otras formas de pago. Además, tal y como explican en la web, existe la opción ‘Domiciliaciones - Consulta, revocación, rehabilitación o rectificación de la cuenta de domiciliación’, en el portal de Renta, dentro de ‘Todas las gestiones’.

Para cualquiera de estas gestiones necesitarás tener Cl@ve, número de referencia, DNI electrónico o certificado electrónico, igual que para realizar la declaración de manera online. Lo importante es asegurarnos de que todos los datos son correctos antes de aceptar porque, aunque veamos que las modificaciones son posibles, también son un quebradero de cabeza extra que podríamos ahorrarnos comprobando todo antes de aceptar.