Las penas a las que te puedes enfrentar por mentir en tu curriculum

Mentir en el Curriculum Vitae puede tener consecuencias.. Unsplash
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MadridEn un mercado laboral cada vez más competitivo, no es en absoluto extraño que haya individuos que se sientan tentados de adornar o embellecer la información en su currículum vitae (CV) para destacar sobre otros aspirantes. Sin embargo, esta práctica que puede parecer inocua, en realidad está más cerca de la falsificación, además de ser éticamente reprobable, y acarrear potenciales serias consecuencias legales para los ‘atrevidos’.

Delitos asociados a la falsificación en el currículum

Mentir en el CV puede constituir diversos delitos tipificados en el Código Penal español, dependiendo de la naturaleza y gravedad de la falsedad. El primero de ellos es la falsedad documental, que aparece cuando se alteran o fabrican documentos con el fin de inducir a error sobre su autenticidad. El artículo 395 del Código Penal establece penas de prisión de seis meses a dos años para quienes, con intención de perjudicar a otro, cometan falsedad en documento privado. Por ejemplo, presentar un título académico falsificado para obtener un empleo podría encuadrarse dentro del marco de este delito. 

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Otro delito sería el intrusismo profesional, que hace referencia a cuando se realizan actos propios de una profesión sin poseer el título académico requerido. El artículo 403 del Código Penal contempla penas de prisión de seis meses a dos años para quienes realicen actividades profesionales sin la debida autorización.

Además, también podría considerarse estafa, en el caso de que la falsedad en el currículum lleve a obtener un beneficio económico indebido, como un salario o una posición laboral. El artículo 248 del Código Penal define la estafa como el engaño suficiente para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno. Las penas por estafa varían en función de la cuantía defraudada y otros factores agravantes.

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Existen diversos casos que sirven como muestra de las severas repercusiones que puede conllevar el hecho de mentir en el CV. El más icónico sería el del “Pequeño Nicolás”, Francisco Nicolás Gómez Iglesias, que fue condenado por, entre otros delitos, falsificar su DNI para que un amigo realizara por él las pruebas de selectividad. Este acto le valió una pena de un año y nueve meses de prisión. 

Por supuesto no es el único caso, y es sencillo tirar de hemeroteca para encontrar precedentes, como el de una mujer fue condenada por aportar un título de Económicas manipulado durante un proceso de selección para un puesto en una mutua. Este acto de falsedad documental le acarreó una condena judicial. También es reciente el caso de un funcionario de la Universidad de Granada alteró su expediente y el de su esposa para reflejar calificaciones superiores a las reales. Ambos fueron condenados por la justicia por estos actos de falsedad documental. 

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Consecuencias laborales y reputacionales

Además de las implicaciones legales, mentir en el currículum puede tener repercusiones laborales de distinto nivel, empezando por el despido disciplinario. Cuando una empresa descubre que un empleado ha falsificado información en su CV, está legitimada para proceder con un despido disciplinario. La justicia española ha respaldado en múltiples ocasiones este tipo de despidos cuando se demuestra la falsedad en las credenciales presentadas. 

Además este tipo de acciones conllevas una exposición pública que, en muchos casos, puede socavar la credibilidad y confianza profesional, dificultando el futuro laboral presente y futuro del trabajador en cuestión. 

En definitiva, aunque la tentación de embellecer el currículum puede ser fuerte en un entorno laboral competitivo, las repercusiones legales, laborales y personales de hacerlo son demasiado severas como para ignorarlas. La integridad y la transparencia no solo evitan problemas legales, sino que también sientan las bases para una trayectoria profesional respetada y duradera.