La Justicia permite la adaptación de la jornada laboral a un padre para cuidar a su hija, con conducta suicida

El Tribunal Superior de Justicia en Canarias antepone el interés superior del menor a las necesidades de la empresa.. Europa Press
  • La empresa le negó al padre el cambio de jornada alegando necesidades organizativas

  • La sentencia reconoce el derecho del padre a trabajar en horario fijo de mañana y condena a la empresa a indemnizarlo por daño moral

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La protección de una menor por delante del interés de la empresa. En esa línea ha ido la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que ha reconocido el derecho de un padre a adaptar su jornada laboral para cuidar a su hija que sufre de ideación suicida y conducta autolesiva.

La Justicia canaria ha estimado el recurso del progenitor de la adolescente para adaptar su jornada al turno de mañana para poder atender a su hija, diagnosticada con una enfermedad mental confirmada por la sanidad pública, según ha publicado la Cadena SER.

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La sentencia reconoce el derecho del padre a trabajar en horario fijo de mañana, pero también condena a la empresa a indemnizarlo por daño moral, al considerar que con la negativa a su petición afectó gravemente la situación de la familia de especial vulnerabilidad por el estado de la menor, de riesgo.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha contextualizado su relevante sentencia con datos concretos del Instituto Nacional de Estadística (INE) apuntando al incremento de muerte de adolescentes entre 15 y 19 en 2024 cuando se registraron 76 muertes por suicidio en España, lo que supone un incremento del 20%.

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El TSJC, además, señala que el suicidio es la primera causa no natural de muerte en adolescentes, por delante de los accidentes de tráfico y solo superada por los tumores como causa global.

La empresa le negó el cambio de jornada alegando necesidades organizativas

El padre, que tiene dos hijos menores, trabajaba en turno de tarde en la empresa, según la sentencia, a la que ha tenido acceso la SER. Ambos menores quedaban sin una supervisión adulta durante largas horas a lo largo del día; ante esta situación, el hombre solicitó la adaptación de su jornada laboral para poder atenderlos adecuadamente.

El progenitor realizó la primera solicitud de cambio de jornada en mayo de 2024 con el objetivo de atender a sus hijos por las tardes. La empresa rechazó la petición alegando necesidades organizativas. El trabajador acudió a los tribunales, pero su demanda fue desestimada por el Juzgado de lo Social y por el propio TSJC a comienzos de 2025, que en ese momento consideró que no había quedado acreditado un cambio relevante en las circunstancias familiares.

El padre volvió a presentar una nueva solicitud de adaptación de jornada con nuevos hechos de especial gravedad referentes a su hija mayor, que tuvo que ser atendida por la Unidad de Salud Mental pública, donde fue diagnosticada de conducta autolesiva y pensamientos suicidas. La menor inició seguimiento especializado con un tratamiento a base de antidepresivos, ansiolíticos y medicación hipnótica, así como el seguimiento con el especialista de forma continuada durante 2025.