Hacienda también se fija en los 'bizums': ¿es necesario incluirlos en la declaración de la renta?

La Campaña de la Renta y Patrimonio 2021 arranca el próximo 6 de abril y finaliza el 30 de junio. Desde ese mismo día quienes lo deseen podrán presentar su borrador a través de Internet. Este año, la tradicional recaudación fiscal de la Agencia Tributaria incluirá, por primera vez, el alza del impuesto para las rentas a partir de 300.000 euros y para los patrimonios de más de 10 millones.

Una fecha clave en el calendario para todos los contribuyentes, que tendrán que informarse muy bien sobre si están obligados o no a presentar su declaración, aquellos que hayan ingresado más de 22.000 euros brutos anuales con un solo pagador o 14.000 euros con dos o más pagadores, y qué gastos deberán incluir.

Y ojo, porque los 'bizums', tan popularizados en el día a día, por la comodidad a la hora de transferir pagos -pues solo se necesita el número de teléfono de la otra persona y una aplicación móvil-, no están exentos del todo. Es decir, dependiendo de la cantidad que se haya enviado o recibido, también se tendrán que incluir en el borrador de la renta, pues Hacienda está al tanto de cualquier transacción de dinero que pudiera ser motivo de fraude a las arcas públicas.

¿Deben los usuarios declaran los 'bizums?

Los bancos tienen información sobre todos los 'bizums' que sus usuarios realizan, al igual que con las transferencias. Unos movimientos que están obligados a transmitir a Hacienda, en caso de considerarse sospechosos de fraude, es decir, que superen el traspaso de 10.000 euros o una cantidad superior a 3.000 euros en metálico.

Sin embargo, la aplicación Bizum limita las transferencias a 1.000 euros como importe máximo, por lo que los usuarios estarías exentos de presentar dichos movimientos en la declaración.

¿Qué ocurre en el caso de los negocios que aceptan pagos con Bizum?

Algo que no ocurre con las empresas. Cada vez son mas los comercios, restaurantes y otros establecimientos de venta al público que permiten el pago a los clientes a través de Bizum. Pues bien, es este caso, los negocios deberán considerar las operaciones con Bizum como si se tratasen de pagos que se realizan con tarjeta bancaria, por lo que deberán ser justificados en Hacienda, tal y como recoge el portal económico La Información.

La recomendación es que se conserven los justificantes de esto recibos de dinero y que vayan directamente a una cuenta de la empresa, para que no se mezclen con las finanzas personales de los propietarios. En estos casos Hacienda sí podría demandar documentación y facturas respecto a estos ingresos.