Afecta a la pensión

Cómo afecta tener varios empleos a tu pensión: pluriactividad y cálculo de bases en 2025

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Trabajador autónomo y por cuenta ajenaUPTA/EP - Archivo
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La figura del trabajador con varios empleos simultáneos es cada vez más habitual en España. Entre ellos están todos aquellos profesionales que compaginan un trabajo por cuenta ajena con otro como autónomo. Estos se enfrentan a una pregunta recurrente: ¿cómo afecta esta situación a la pensión de jubilación? En un sistema de Seguridad Social que evoluciona cada vez más hacia reglas más y más exigentes, entender las implicaciones de esta situación es clave para no perder derechos… ni dinero.

Qué es exactamente la pluriactividad

Según la Seguridad Social, se considera pluriactividad cuando una persona está dada de alta simultáneamente en dos regímenes distintos: por ejemplo, en el Régimen General (por cuenta ajena) y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (por cuenta propia). No debe confundirse con pluriempleo, que ocurre cuando se tienen varios trabajos dentro del mismo régimen.

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Desde el punto de vista legal, la pluriactividad obliga a cotizar en ambos sistemas, lo que puede suponer un esfuerzo económico adicional… pero también abre la puerta a ciertos beneficios, especialmente de cara a la jubilación.

¿Se suman las cotizaciones?

La gran pregunta: ¿se tienen en cuenta todas las cotizaciones para calcular la pensión? La respuesta es sí, aunque con matices. Cuando un trabajador ha cotizado en varios regímenes, puede solicitar la totalización de periodos para acreditar los años necesarios que dan derecho a una pensión contributiva. Es decir, se suman los periodos, pero no las cuantías de las bases de cotización si no han sido simultáneas.

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Sin embargo, si el trabajador ha estado dado de alta simultáneamente en ambos regímenes, también es posible que tenga derecho a percibir dos pensiones distintas, una por cada régimen, siempre que haya cumplido los requisitos mínimos en ambos (15 años cotizados, con al menos 2 en los últimos 15).

Cotizaciones paralelas: ¿se duplican las bases?

Un error común es pensar que las bases de cotización se suman automáticamente para incrementar la pensión. En realidad, el sistema impone límites. A partir de 2025, y tras los cambios introducidos por la última reforma de pensiones, se sigue aplicando el tope máximo de cotización para la suma de todas las bases. Es decir, si el límite mensual de cotización es de 4.720,50€, siendo este el máximo que se puede computar entre todos los empleos.

En consecuencia, si un trabajador tiene dos empleos con bases altas, la parte que exceda el tope no incrementará su futura pensión. Además, si no hay simultaneidad, el exceso en uno de los regímenes puede no contar para el cálculo.

A la pregunta de si conviene cotizar como autónomo si ya estás en el Régimen General, la respuesta nos dice que depende de tu perfil profesional y horizonte de jubilación. En muchos casos, los autónomos en pluriactividad pueden acogerse a reducciones en la cuota si es su primer alta en RETA. Pero a largo plazo, si no se alcanzan los años mínimos cotizados en el régimen de autónomos, esa cotización podría no traducirse en una pensión adicional.

Para obtener dos pensiones diferenciadas, es necesario cumplir requisitos por separado: no basta con estar de alta, hay que haber contribuido durante los años exigidos y con las bases suficientes en ambos regímenes.