Pensiones de Clases Pasivas en 2025: todo lo que tienes que saber sobre la retribución de los funcionarios
El régimen de Clases pasivas cerró el acceso a nuevos funcionarios en 2011
Soy funcionario, ¿me interesa prejubilarme antes de la reforma de las pensiones o espero un poco?
El Régimen de Clases Pasivas del Estado no es solo una reliquia administrativa del siglo XX. A pesar de que cerró el acceso a nuevos funcionarios en 2011, sigue activo para decenas de miles de personas que se jubilan cada año bajo sus reglas propias. En 2025, estas pensiones, que están financiadas directamente con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, han sido revalorizadas un 2,8%, al igual que el resto del sistema público de pensiones contributivas. Lo establece el Real Decreto 316/2025, publicado en el BOE el pasado 15 de abril.
¿Quién cobra una pensión de Clases Pasivas?
Las pensiones de Clases Pasivas no están vinculadas a la Seguridad Social. Las gestiona directamente el Estado, y afectan a colectivos específicos:
- Funcionarios de carrera y en prácticas de la Administración General del Estado.
- Militares profesionales.
- Funcionarios de Justicia, Cortes Generales, Tribunal Constitucional y otros órganos constitucionales.
- Ex altos cargos del Gobierno: expresidentes, exministros, exsecretarios de Estado.
- Funcionarios que ingresaron antes del 1 de enero de 2011, fecha en que dejaron de admitirse nuevos cotizantes a este régimen especial.
El Ministerio de Hacienda y Función Pública mantiene la gestión activa del régimen a través del portal portalclasespasivas.gob.es, donde se pueden consultar condiciones específicas de jubilación, retiro y pensión de viudedad u orfandad.
¿Cómo se calcula esta pensión?
A diferencia del Régimen General, que utiliza la base de cotización, en Clases Pasivas el cálculo se realiza sobre el sueldo regulador y los años efectivos de servicio. La pensión máxima equivale al 100% del haber regulador correspondiente al grupo funcionarial del trabajador, y solo se alcanza con 35 años completos de servicios al Estado.
Este haber regulador es distinto para cada grupo administrativo. En 2025, según UGT, las cuantías reguladoras oscilan entre los 14.000€ anuales para los grupos más bajos y los 39.000€ o más en el caso de grupos A1 o equiparados, como jueces o altos funcionarios.
La cuantía mensual máxima de cualquier pensión pública (incluidas las de Clases Pasivas) queda fijada en 3.267,60€ al mes o 45.746,40€ anuales.
Compatibilidades y límites
Las pensiones de Clases Pasivas son vitalicias y, en muchos casos, incompatibles con el desempeño de otro cargo público remunerado. Existen regímenes específicos de incompatibilidad para altos cargos retirados que se reincorporan a la vida pública, así como limitaciones a la percepción de varios haberes del Estado.
Además, en caso de fallecimiento del titular, el régimen contempla pensiones de viudedad, orfandad o a favor de padres, según los casos y grados de dependencia. Estas pensiones también se ajustan al 2,8 % de revalorización aplicada este año, tal como figura en el Real Decreto 316/2025.
Así, y aunque cada vez más minoritario, el Régimen de Clases Pasivas continúa siendo un sistema paralelo dentro del sistema público de pensiones, con normativas propias y financiación directa del Estado. Su diseño responde a otra época, anterior incluso a la Constitución de 1978, pero su vigencia obliga a comprenderlo para entender por qué algunos funcionarios tienen condiciones de jubilación distintas, y por qué sus revalorizaciones se articulan de forma separada.
