¿Cuánto hay que cotizar si eres autónomo para recibir la pensión máxima en 2026?
Que un trabajador por cuenta propia cobre una pensión máxima es casi una utopía, ya que tendría que haber cotizado por bases altas durante suficientes años
Muchos autónomos deciden ser asalariados ante la propuesta del Gobierno de subir las cuotas: el miedo de las pensiones
Desde hace unos años, se cambió la forma en la que cotizan los autónomos de nuestro país. Concretamente, a partir de la entrada en vigor del Real Decreto Ley 13/2022 de 26 de Julio, los trabajadores por cuenta propia tienen que cotizar por ingresos reales, realizando este cálculo en base a una estimación de ingresos anuales y más tarde contrastándolos con los beneficios netos. Por tanto, con este sistema, ¿cuánto hay que ingresar para poder acceder a la cotización máxima que el día de mañana dé lugar a la pensión más elevada posible?
Base máxima de cotización para autónomos en 2026
Teniendo en cuenta que no se llegó a un acuerdo con las asociaciones de autónomos (ni contar con mayoría en el Congreso de los Diputados), el Gobierno no ha tenido más remedio que mantener como en 2025 tanto las bases de cotización a la Seguridad Social por tramos de rendimientos (y congelar así las cuotas mensuales de los trabajadores por cuenta propia). Con estas cifras, las bases máximas de cotización, que serían las que dieran lugar a una cotización que el día de mañana permita cobrar la pensión máxima (si se reúnen también el resto de los requisitos), queda fijada en 5.101,20 euros mensuales, el resultado de tener la base de cotización de 2025, 4.909,50 euros mensuales, y sumar lo que sí sube, la revalorización calculada aplicando el IPC interanual medio de los 12 meses previos a diciembre de 2025 más un 1,2% adicional, un 3,9% en total.
Como las bases de cotización están fijadas según los ingresos, los autónomos no pueden sobrecotizar por ese máximo para tratar de tener la mayor pensión posible el día de mañana. Ese tope máximo de cotización de 5.101,20 euros mensuales en 2026 está limitado al Tramo 11 (rendimientos netos mayores de 4.050 euros mensuales y hasta 6.000 euros al mes) y el Tramo 12 (más de 6.000 euros mensuales de rendimientos netos) de la tabla general, no entrando obviamente la reducida. Por tanto, solamente quienes más ganen con su autoempleo pueden cumplir este requisito.
Aplicado al dinero que van a tener que meter en la “hucha de las pensiones”, significaría con esos tramos de ingresos que dan acceso a la base de cotización máxima, la cuantía que habría que aportar a las arcas públicas si se sigue manteniendo el tipo de cotización de autónomos del 28,30% por contingencias comunes y el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) del 0,9% sobre esta cotización, sería de unos 1.541,58 euros mensuales de contribuciones al sistema público sumado en la cuota de autónomos.
Pensión máxima de un autónomo en 2026
Los trabajadores por cuenta ajena que hayan cumplido con los requisitos de cotización máxima (para poder percibir el 100% de la base reguladora hay que cotizar un periodo determinado y jubilarse a una cierta edad), así como haber cotizado el número de años exigido para acceder al 100% de la base reguladora (38 y 3 meses cotizados o más para jubilarse a los 65 años o a los 66 y 10 meses de edad de jubilación para quienes no tuvieran cotizados 38 y 3 meses cuando llegaran los 65) podrán acceder a la misma pensión máxima que tendría un trabajador por cuenta ajena que también haya cumplido todos los criterios elegibles.
Esto es: una pensión de jubilación de 3.359,58 euros brutos al mes (91,98 euros más que el ejercicio anterior), un total anual de 47.034,40 euros brutos al año, repartidos en 14 pagas, con dos pagas extraordinarias en junio y noviembre. Esta cuantía se incrementa cada año, basándose en la fórmula general de revalorización, que tiene en cuenta el incremento del Índice de Precios al Consumo (IPC) desde noviembre de 2025 a diciembre de 2024, un porcentaje que en esta ocasión ha quedado establecido en un 2,7%. A esta cuantía, en el caso de las pensiones máximas, se le añade un 0,115 % adicional, según la última reforma del sistema de pensiones.
