Panel de Alba Lago: La Ley de Familias

El Consejo de Ministros ha dado luz verde definitiva este martes a la ley de Familias, impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, que, entre otras medidas, reconoce la diversidad de las situaciones familiares y aborda la "emergencia de conciliación" con nuevos permisos retribuidos para el cuidado de hijos, padres y convivientes.

La ley de Familias, que fue aprobada en primera vuelta el pasado mes de diciembre, será enviada ahora al Congreso de los Diputados para continuar con su tramitación.

La nueva ley crea tres permisos de cuidados:

  • El primero de ellos, un permiso por cuidado de cinco días al año, retribuidos, para atender a un familiar hasta segundo grado o conviviente, que los trabajadores o trabajadoras podrán utilizar en caso de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo.
  • También incluye un permiso parental de ocho semanas, que se podrán disfrutar de forma continua o discontinua, hasta que el menor cumpla ocho años;
  • Permiso de cuatro días por ausencia para atender a un familiar que requiera atención inmediata, que se podrá disfrutar por horas, "para cuando, por ejemplo, te llamen del colegio porque el niño o la niña se ha puesto enfermo", tal y como ha señalado Belarra.

Renta crianza de 100 euros al mes

En cuanto al apoyo a la crianza, se extenderá de manera estructural la renta crianza de 100 euros al mes a las familias con hijos hasta los 3 años. Esta ampliación incluye a todas las madres que estén percibiendo una prestación por desempleo, contributiva o no y también a las que, sin reunir los requisitos previamente, coticen 30 días a partir del parto. Del mismo modo, se reconocerá el derecho a la atención temprana, gratuita y de calidad y no limitada a la primera infancia.

Distintos tipos de familias

Además, el texto garantiza el pleno reconocimiento de los distintos tipos de familias que ya existen en España, equiparando sus derechos. Así, se van a reconocer legalmente a las familias LGTBI, a las familias con miembros con discapacidad, a las familias múltiples, a las adoptivas, a las

La ley también avanza en la equiparación entre los matrimonios y las parejas de hecho, garantizando que estas últimas tendrán acceso a los 15 días de permiso por registro equiparables al matrimonio.

'Familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza'

Asimismo, a partir de la aprobación de la ley, se crea la denominación de 'Familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza' en la que se incluye a las "familias numerosas", además de: las familias monomarentales con dos hijos; las familias con dos hijos donde un ascendiente o descendiente tenga discapacidad; las familias con dos hijos encabezadas por una víctima de violencia de género o por un cónyuge que haya obtenido la guardia y custodia exclusiva sin derecho a pensión de alimentos y las familias con dos hijos en la que un progenitor esté en tratamiento hospitalario durante un año o haya ingresado en prisión.

Por otro lado, pasarán a considerarse familia con mayores necesidades de apoyo a la crianza de categoría especial las familias que hasta ahora eran consideradas numerosas de categoría general como aquellas con cuatro hijos, en vez de cinco como hasta el momento; las familias con tres hijos en caso de parto múltiple, en vez de cuatro como en la actualidad, y las familias con tres hijos y bajos ingresos (hasta el 150% del IPREM).