Fiscalía reitera su criterio de no apoyar las revisiones de condena por el ‘Solo Sí es Sí‘

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortíz.. EFE
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El Fiscal General del Estado ha dado hoy instrucciones para que el Ministerio Fiscal se oponga “como regla general” a las revisiones de condena solicitadas a los tribunales por agresores sexuales tras la aprobación de la llamada Ley del Solo Sí es Sí. En la actualidad, más de 700 agresores sexuales condenados han visto sus sentencias rebajadas por la aplicación de la Ley. En una circular emitida hoy, la cúpula de la Fiscalía trata de paliar los efectos negativos de una normativa aprobada por el Gobierno y que el Supremo está aplicando de forma beneficiosa para los condenados en casi la mitad de los casos. 

Así, no está en manos de los fiscales aceptar las peticiones de revisión de condena, o decidir sobre si finalmente los delincuentes sexuales quedan en libertad en aplicación de los “efectos no deseados” generados por la nueva legislación. Sin embargo, sí pueden oponerse a la medida y dificultar así el proceso. Según la normativa aprobada hoy, todos los fiscales deben oponerse en sus recursos a las revisiones de condena, con el argumento principal que la pena impuesta cabe en la ley impulsada por Igualdad y aprobada por el Gobierno de Pedro Sánchez. 

Para ayudar a los fiscales en sus recursos, Álvaro García Ortíz aporta en su recurso numerosos ejemplos de sentencias firmadas por el Supremo que respaldarían la postura de la Fiscalía. El problema es que gran parte de la casuística planteada por la Fiscalía General del Estado fue firmada antes de la aplicación de la Ley, y que los antecedentes del Supremo en los casos ya revisados, han sido en cerca de un 40% de los casos partidarios a la reducción de las condenas. 

El documento legal se suma a la directiva emitida ya por la Fiscalía el 21 de noviembre de 2022, donde la cúpula de la F.G.E daba ya instrucciones en este mismo sentido: rechazar por norma general todas las peticiones de reducción de condena. Ahora, Fiscalía da instrucciones al cuerpo de sala para que en el caso en el que no se pueda frenar la reducción de condena, se pidan otras medidas paliativas como la vigilancia telemática del condenado o la retirada de la patria potestad en el caso en el que haya menores de por medio.