Qué es el delito de traición: el nuevo escollo de la ley de amnistía para Puigdemont

El juez del 'caso Voloh', Joaquín Aguirre, ha insistido en la conexión rusa en un nuevo auto donde incide en que los contactos del independentismo con Moscú estarían auspiciados por el ex presidente catalán Carles Puigdemont, lo que podría constituir delitos de traición y contra la paz o la independencia del Estado y relativos a la defensa nacional, que ahora mismo están excluidos de la ley de amnistía, aunque hay una enmienda 'viva' de Junts que pide incluirlos.

La provocación, la conspiración y la proposición para cualquiera de los delitos previstos en los artículos anteriores de este capítulo, serán castigadas con la pena de prisión inferior en uno o dos grados a la del delito correspondiente.

En un auto donde acuerda prorrogar seis meses la investigación de 'Voloh', el titular del Juzgado de Instrucción Número 1 de Barcelona se centra en la denominada 'trama rusa', al observar "estrechas relaciones personales entre algunos de los investigados con individuos de nacionalidad rusa", así como alemana o italiana, "algunos de ellos mientras ocupaban cargos diplomáticos o relaciones con los servicios secretos rusos", y "con intereses en establecer relaciones de influencia política y económica con el Gobierno de Cataluña, si éste se independizaba de forma unilateral de España".

Aguirre recuerda además que, de la intervención de las comunicaciones realizada en 2019, se deduce la existencia de grupos de trabajo que "debían conseguir que la república catalana desarrollara una legislación propia sobre las criptomonedas adecuada a los intereses rusos, y así 'ellos' podrían ayudar". En concreto, recoge declaraciones de imputados en sede judicial, según las cuales habrían entablado contacto con estos emisario rusos siguiendo las indicaciones de Puigdemont, quien "les pidió que continuaran las conversaciones con ellos".

Puigdemont recibió a un enviado de Putin el 26 de octubre de 2017 en su residencia

A ello suma "datos recientes que permiten confirmar lo anterior, y de los que se deriva ampliar las líneas de investigación", entre ellos una denuncia del pasado diciembre que le remitió el grupo de investigación periodística internacional OCCRP según la cual Puigdemont "recibió a un enviado del presidente de Rusia, Vladimir Putin, en su residencia el 26 de octubre del 2017", poco antes de la Declaración Unilateral de Independencia (DUI).

Para el instructor, "resulta procesalmente necesario que alguna fuerza de seguridad del Estado" o él mismo comprueben "la veracidad de tales datos" con miras a "obtener indicios relativos al soporte que pudo haber dado Rusia al proceso de independencia de Cataluña a cambio de unas concretas contraprestaciones en pago por tal ayuda".

Cabe recordar que Puigdemont no forma parte de la lista de investigados en 'Voloh', una causa compleja formada por varias piezas y cuyos tentáculos han llegado hasta la Audiencia Nacional (AN) para nutrir 'Tsunami Democràtic'. Entre los imputados, en cambio, sí figura su jefe de Gabinete, Josep Lluis Alay.

Algunas de las conductas descritas por Aguirre podrían encajar en los delitos de traición y contra la paz o la independencia del Estado y relativos a la defensa nacional recogidos en el Título XXIII del Libro II del Código Penal (CP), que actualmente están expresamente excluidos de la futura ley de amnistía.

Estos delitos castigan, entre otros comportamientos, al "español que, con el propósito de favorecer a una potencia extranjera, asociación u organización internacional, se procure, falsee, inutilice o revele información clasificada como reservada o secreta, susceptible de perjudicar la seguridad nacional o la defensa nacional".

También al que "publicare o ejecutare en España cualquier orden, disposición o documento de un Gobierno extranjero que atente contra la independencia o seguridad del Estado, se oponga a la observancia de sus leyes o provoque su incumplimiento".

Asimismo, establece que "serán castigados (...) los que, con el fin de perjudicar la autoridad del Estado o comprometer la dignidad o los intereses vitales de España, mantuvieran inteligencia o relación de cualquier género con gobiernos extranjeros, con sus agentes o con grupos, organismos o asociaciones internacionales o extranjeras".

Junts quiere blindar a Puigdemont también contra el delito de traición

Precisamente, esa exclusión expresa es una de las que Junts quiere eliminar para que los delitos de esa naturaleza queden amnistiados. Así lo planteó en una de las muchas enmiendas parciales que intentó introducir la semana pasada en la Comisión de Justicia pero que fueron rechazadas.

Pese a ello, el partido liderado por Puigdemont ha decidido dejarlas 'vivas' de cara al Pleno previsto para este martes en el Congreso de los Diputados, donde podrían introducirse si consiguen el apoyo necesario.

El PSC dice que el PSOE no votará a favor de las enmiendas vivas

Este lunes, el diputado del PSC en la Cámara Baja José Zaragoza ha descartado, en una entrevista radiofónica, que los socialistas voten a favor de las enmiendas 'vivas' de Junts y ERC.

En la misma línea se expresó el ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, desde Bruselas al afirmar que el Gobierno considera cerrada la ley de amnistía.

Pese a todo, fuentes de Junts subrayan que la intención de la formación independentista es negociar hasta el último minuto para enmendar la amnistía de modo que quede blindada frente a la futura acción de los tribunales y abarque el mayor número de personas y causas.

El delito de traición

El Artículo 581 del Código Penal señala que "el español que indujere a una potencia extranjera a declarar la guerra a España o se concertare con ella para el mismo fin, será castigado con la pena de prisión de quince a veinte años. y el Artículo 582 señala que será castigado con la pena de prisión de doce a veinte años:

  • 1.º El español que facilite al enemigo la entrada en España, la toma de una plaza, puesto militar, buque o aeronave del Estado o almacenes de intendencia o armamento.
  • 2.º El español que seduzca o allegue tropa española o que se halle al servicio de España, para que se pase a las filas enemigas o deserte de sus banderas estando en campaña.
  • 3.º El español que reclute gente o suministre armas u otros medios eficaces para hacer la guerra a España, bajo banderas enemigas.

El Artículo 583

Será castigado con la pena de prisión de doce a veinte años:

  • 1.º El español que tome las armas contra la Patria bajo banderas enemigas.Se impondrá la pena superior en grado al que obre como jefe o promotor, o tenga algún mando, o esté constituido en autoridad.
  • 2.º El español que suministre a las tropas enemigas caudales, armas, embarcaciones, aeronaves, efectos o municiones de intendencia o armamento u otros medios directos y eficaces para hostilizar a España, o favorezca el progreso de las armas enemigas de un modo no comprendido en el artículo anterior.
  • 3.º El español que suministre al enemigo planos de fortalezas, edificios o de terrenos, documentos o noticias que conduzcan directamente al mismo fin de hostilizar a España o de favorecer el progreso de las armas enemigas.
  • 4.º El español que, en tiempo de guerra, impida que las tropas nacionales reciban los auxilios expresados en el número 2.º o los datos y noticias indicados en el número 3.º de este artículo.

Artículo 584

El español que, con el propósito de favorecer a una potencia extranjera, asociación u organización internacional, se procure, falsee, inutilice o revele información clasificada como reservada o secreta, susceptible de perjudicar la seguridad nacional o la defensa nacional, será castigado, como traidor, con la pena de prisión de seis a doce años.

Artículo 585

La provocación, la conspiración y la proposición para cualquiera de los delitos previstos en los artículos anteriores de este capítulo, serán castigadas con la pena de prisión inferior en uno o dos grados a la del delito correspondiente.

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