Pedro Sánchez y sus convocatorias de elecciones: la realidad demuestra que nunca han sido cada cuatro años
Pedro Sánchez insiste en agotar la legislatura y llegar hasta 2027 para convocar elecciones, pero no siempre ha sido así
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Pedro Sánchez fue muy contundente este lunes al afirmar en la rueda de prensa tras la Ejecutiva Federal de su partido que "las elecciones son cada cuatro años, así ha sido y así seguirá siendo". Se trata de una afirmación polémica porque no se ajusta a la realidad después de los siete años que lleva en el palacio de la Moncloa y las tres convocatorias electorales de las que ha sido responsable.
Pedro Sánchez llegó al poder en junio de 2018 tras la moción de censura que presentó contra Mariano Rajoy por la condena del PP por corrupción en la sentencia del caso Gürtel. Tras su llegada a la presidencia del Gobierno, el líder socialista ha convocado elecciones en dos ocasiones, la tercera fue el resultado de la imposibilidad de elegir presidente del Gobierno en el plazo de dos meses que establece la ley.
¿Cuándo ha convocado elecciones generales Pedro Sánchez?
Las primeras fueron las generales anticipadas del 28 de abril de 2019 como consecuencia de la falta de apoyos parlamentarios para aprobar los presupuestos generales.
Casi siete meses después, el 10 de noviembre de 2019 y ante la imposibilidad de formar gobierno tras los comicios de abril, Sánchez se ve obligado a convocar un nuevo llamamiento a las urnas.
Finalmente, el 23 de julio de 2023 y tras los malos resultados de los socialistas en las elecciones autonómicas y locales de mayo de ese año, Pedro Sánchez decide adelantar unos meses las elecciones generales para que los ciudadanos revaliden o rectifiquen el resultado de mayo.
En ninguno de los tres casos, Pedro Sánchez, agotó la legislatura y se vio forzado a convocar elecciones generales de forma anticipada.
Qué dice la Ley Orgánica del Régimen Electoral General
La norma que regula los procesos electorales nacionales en España, la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), aprobada en 1985 y modificada en varias ocasiones, permite estos adelantos electorales.
Esta es una facultad que corresponde al presidente del Gobierno previa disolución de las cámaras y convocatoria de elecciones anticipadas en un plazo determinado.
La norma fija solo dos excepciones, y es que haya pasado al menos un año desde las anteriores y no esté en marcha una moción de censura. En caso de que, tras unas elecciones, ningún candidato consiga ser investido presidente en un plazo de dos meses, las Cortes Generales se disuelven y se celebran nuevos comicios, como paso en noviembre de 2019 y estuvo a punto de ocurrir en 2023.
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