Revisar el borrador de la renta es clave para ahorrar si estás cuidando a un familiar en Barakaldo
En Euskadi no se declara ante la Agencia Tributaria, sino ante la Hacienda Foral de Bizkaia, y eso cambia las reglas del juego
Guía con todo sobre la declaración de la renta 2026: novedades, plazos, deducciones y pasos a seguir
Barakaldo no es un municipio cualquiera cuando se habla de envejecimiento. El municipio está por encima de la media vasca en vecinos mayores de 65 años, que ya suponen un 24,3%, una cifra que ha crecido tras la pandemia de covid-19. Para una ciudad que cuenta con una población de 102.986 habitantes, eso significa decenas de miles de familias con un mayor en casa que, llegado el momento de rellenar la declaración de la renta, no siempre saben que están dejando dinero sobre la mesa.
Lo primero que distingue a Barakaldo del resto de España es el régimen tributario al que están sujetos sus vecinos. Aquí no se declara ante la Agencia Tributaria, sino ante la Hacienda Foral de Bizkaia, cuya normativa es sustancialmente diferente. La campaña para presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2025 se desarrollará entre el 15 de abril y el 30 de junio. Y si alguien prefiere ir en persona, la atención presencial se prestará en las doce oficinas forales, aunque se requiere de cita previa obligatoria.
El Departamento de Hacienda y Finanzas pone a disposición del contribuyente un borrador de declaración, a partir del cual los contribuyentes deberán, en su caso, modificar y/o completar la totalidad de los datos que les afecten. Resulta importante entender bien este punto, ya que el borrador no es una declaración completa ya hecha, sino una propuesta construida con los datos que Hacienda ya tiene. Existen situaciones familiares como la convivencia con un ascendiente mayor o el cuidado de un familiar con discapacidad, que no siempre llegan automáticamente a esos datos. Por tanto, si no se introducen manualmente, las posibles deducciones se pierden.
Las deducciones clave para quien cuida a un familiar
El sistema foral de Bizkaia articula los beneficios fiscales por cuidado de familiares a través de tres bloques distintos:
- Deducción por ascendientes: para el ascendiente que conviva de forma continua o cuyo contribuyente pague de su patrimonio una residencia, la deducción es de 294 euros.
- Deducción por discapacidad o dependencia, que varía según el grado reconocido. Por cada persona que posea una dependencia o una discapacidad se aplica una deducción en la declaración de la renta según el grado que se determine: igual o superior al 33% e inferior al 65% de discapacidad, deducción de 888 euros; igual o superior al 65% de discapacidad con dependencia moderada (Grado I), deducción de 1.268 euros; dependencia severa (Grado II), deducción de 1.521 euros; y gran dependencia (Grado III), deducción de 1.897 euros. Esta deducción puede aplicarla el propio familiar con discapacidad o, si este opta por cederla, el contribuyente con quien conviva.
- Deducción por edad: Para contribuyentes con base imponible igual o inferior a 20.000 euros, la deducción es de 352 euros anuales para los mayores de 65 años y de 642 euros para los mayores de 75. Si la base imponible se sitúa entre 20.000 y 30.000 euros, el importe se reduce de forma progresiva.
La novedad de 2025: contratar una cuidadora ya tiene premio fiscal
La Norma Foral 2/2025, aprobada en abril de 2025, introdujo una deducción de nueva planta específicamente diseñada para quienes tienen que conciliar el trabajo con el cuidado de familiares. Si se contrata con carácter indefinido a un empleado o empleada del hogar para cuidar de familiares con discapacidad igual o superior al 65% o en situación de dependencia, la deducción es de 250 euros al año, y sube a 500 euros si la persona contratada tiene la consideración de profesional del cuidado.
Los requisitos son que el contrato sea indefinido, se dé de alta en la Seguridad Social y que la relación dure al menos 183 días. La Diputación Foral de Bizkaia ha concretado los supuestos que permiten acreditar la condición de profesional del cuidado, facilitando la aplicación de esta deducción.
Uno de los errores comunes es mantener deducciones que ya no son aplicables, como la deducción por ascendiente cuando ya no existe convivencia; pero también sucede lo contrario: Hacienda puede dejar de proponer la deducción cuando efectivamente se cumplan los requisitos, por lo que conviene revisar si efectivamente se cumplen en el ejercicio actual. Las personas que cuiden a familiares deben asegurarse de que el grado de discapacidad o dependencia reconocido figura correctamente, que la convivencia queda acreditada y que los nuevos contratos de empleo de hogar están debidamente registrados.