Deducciones autonómicas para el País Vasco: los cambios que afectan a descendientes, vivienda y previsión social

Los contribuyentes residentes en Euskadi presentan su declaración ante la Hacienda Foral de su territorio histórico
Principales deducciones a nivel nacional en la declaración de la renta 2026: la de maternidad es aplicable a toda España
El País Vasco ocupa una posición única en el mapa fiscal español. A diferencia de las 15 comunidades de régimen común, que aplican deducciones autonómicas sobre la cuota que gestiona la Agencia Tributaria, los contribuyentes residentes en Euskadi presentan su declaración ante la Hacienda Foral de su territorio histórico: la Diputación Foral de Bizkaia, la Diputación Foral de Gipuzkoa o la Diputación Foral de Álava/Araba. Así lo establece el Concierto Económico, que atribuye a cada territorio la recaudación y gestión de su propio IRPF con normativa autónoma.
La Agencia Tributaria, por tanto, no interviene, y el borrador llega de la hacienda foral correspondiente, y las deducciones aplicables son las que regulan las normas forales de cada territorio, que gozan de un alto grado de armonización entre los tres, pero aún así mantienen diferencias relevantes en importes y condiciones.
La campaña de renta 2025-2026 arranca en los tres territorios en abril de 2026: en Araba desde el 7 de abril hasta el 25 de junio; en Bizkaia y Gipuzkoa con borradores disponibles desde el 15 de abril.
Es importante saber que los tres territorios aprobaron simultáneamente sus respectivas normas forales de revisión fiscal con efectos desde el 1 de enero de 2025: la Norma Foral 2/2025 de Bizkaia, la Norma Foral 3/2025 de Álava y la Norma Foral 1/2025 de Gipuzkoa. El resultado es un conjunto de cambios coordinados que afectan especialmente a las deducciones por descendientes, vivienda y previsión social.
Deducciones por descendientes
Las deducciones por hijos son las más aplicadas en los tres territorios y superan con claridad a las del régimen estatal. En Bizkaia, según datos de la propia Diputación Foral, las cuantías para la campaña 2025-2026 son de 668 euros por el primer hijo, 827 por el segundo, 1.393 por el tercero, 1.647 por el cuarto y 2.151 por el quinto y siguientes. A esas cantidades se añaden 386 euros adicionales por cada menor de seis años, lo que eleva el máximo hasta 2.537 euros por hijo. Como regla general, los hijos pueden dar derecho a la deducción hasta los 30 años siempre que no superen determinados umbrales de renta.
Una de las novedades más significativas de 2025 es la posibilidad de trasladar las deducciones no aplicadas por insuficiencia de cuota a los cinco ejercicios siguientes, medida aplicable a contribuyentes menores de 36 años por sus deducciones de descendientes, alquiler y adquisición de vivienda habitual.

Deducción alquiler de vivienda habitual
La deducción para inquilinos supera ampliamente la de cualquier comunidad de régimen común. En Bizkaia y Álava se establece una deducción del 35% de las cantidades satisfechas, con un límite de 2.800 euros anuales, para contribuyentes con especial protección, como es el caso de jóvenes, familias numerosas, monoparentales, o personas con discapacidad, entre otros. Para contratos anteriores a 2026 no se aplica límite de renta; para contratos firmados o prorrogados desde 2026, la deducción solo será aplicable con base liquidable inferior a 68.000 euros en Gipuzkoa y a 85.000 euros en Bizkaia y Álava.
Adicionalmente, los propietarios que rehabiliten viviendas en alquiler pueden deducir el 18% del coste, con un límite de 3.000 euros anuales, como incentivo a la puesta en el mercado de vivienda rehabilitada.
Deducciones por vivienda habitual
Los arrendadores que alquilen su vivienda como residencia habitual del inquilino pueden aplicar una bonificación del 30% sobre los rendimientos íntegros, que sube al 70% si la vivienda está en zona de mercado tensionado o forma parte de programas públicos de alquiler. Para rehabilitación energética, en Bizkaia existe una deducción del 15% por cambio de ventanas, aislamiento o sustitución de caldera, dentro del marco de deducciones por inversión en eficiencia energética de la vivienda habitual.
Previsión social
Las aportaciones a las Entidades de Previsión Social Voluntaria, que son el equivalente vasco de los planes de pensiones, tienen un límite de deducción en base imponible de 10.000 euros anuales. La reforma de 2025 incorpora además una nueva deducción en cuota del 15% al 25% para los trabajadores cuya empresa realice contribuciones a EPSV de empleo, en función del porcentaje que representan esas contribuciones sobre el salario bruto. Temporalmente, hasta 2029, se aplica un tipo provisional del 10% aunque no se alcance el umbral mínimo.
Otras deducciones del catálogo vasco
El catálogo foral incluye también la deducción por edad superior a 65 años (346 euros para bases imponibles iguales o inferiores a 20.000 euros, en Bizkaia), la deducción por aportaciones al patrimonio protegido de personas con discapacidad (30%, máximo 3.000 euros), deducciones por cuotas sindicales y de partidos políticos, por donativos, y deducciones para el fomento de la inversión en microempresas y en la digitalización del comercio local.
