Un depredador sexual de Lugo consigue la libertad vigilada gracias a una revisión de su condena: le rebajaron tres años

Imagen de archivo de un vehículo de la Policía en el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Lugo. EUROPA PRESS
  • El reo había sido condenado a 12 años de cárcel por una violación consumada, una tentativa y tres agresiones sexuales

  • Tras la revisión para aplicarle la ley del solo sí es sí, la condena se le rebajó de 12 a 9 años, que ya ha cumplido

  • Para mantener la libertad vigilada no podrá, entre otras cosas, aproximarse a Lugo durante 10 años

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LugoEsta misma semana ha salido de prisión, en libertad vigilada, Pablo G.A., un agresor sexual en serie condenado en Lugo a 12 años de cárcel que, al aplicarle la ley del solo sí es sí, ha visto rebajada su pena en tres años, cumpliendo tan solo 9.

Este depredador sexual mantuvo en alerta a la ciudadanía desde enero de 2013 hasta noviembre de 2015, y finalmente fue detenido y condenado por un delito de violación, violación en grado de tentativa, agresión sexual y lesiones.

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La revisión de su condena implica que el delito de violación se redujo de seis a cuatro años y el de violación en grado de tentativa se le rebajó de tres a dos años; mientras que se mantuvieron sin cambios las penas por las tres agresiones sexuales y el delito de lesiones contra una de sus víctimas, de tres años y tres meses de cárcel respectivamente.

De los 12 años de prisión que aceptó en el juicio (inicialmente le pedían 32) ha cumplido 9, obteniendo esta misma semana la libertad vigilada.

Condiciones para la libertad

Entre las condiciones que deberá cumplir a partir de ahora para seguir en libertad figura la prohibición de acercarse a Lugo por un plazo de diez años, estar permanentemente localizable a través de una pulsera electrónica y mantenerse a más de 500 metros del domicilio, trabajo o lugares que frecuente la víctima de la violación consumada.

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Déficit intelectual, clave para la rebaja de pena

La rebaja de pena (de 32 a 12 años de cárcel) que obtuvo Pablo G.A. durante el juicio se debió, según explica el diario El Progreso, “a que reconoció los hechos ante el tribunal y a los informes elaborados por los psiquiatras y forenses, que estimaron que sufría un "rendimiento intelectual deficitario, que reduce levemente su capacidad intelectual y su control de impulsos". Si bien, se consideró que sabía lo que hacía y, por tanto, era imputable, también se tuvo en cuenta que tenía "una inteligencia límite" que afectaba a su impulsividad.

Una magistrada votó en contra de la revisión

La cabecera local detalla que una magistrada de la Audiencia Provincial emitió un voto particular contra la revisión de la sentencia, alegando que “las penas impuestas no fueron las mínimas, sino las expresamente aceptadas por la defensa”, por lo que no ve la necesidad de que se aplique la revisión en este caso.

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