Bandas en Madrid

Rebajan la pena de prisión a un Dominican Don’t Play que intentó matar a dos jóvenes en Madrid: uno de ellos quedó con discapacidad

Fachada del Tribunal Supremo. Europa Press
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El Tribunal Supremo ha decidido rebajar a 21 años de prisión la pena impuesta a un miembro de la banda Dominican Don’t Play por intentar matar a dos jóvenes en 2021, –uno de ellos menor de 14 años y al que provocó un 97 % de discapacidad–, en Usera, Madrid.

Específicamente, el Alto Tribunal la ha rebajado en un año, de 22 a 21, al estimar en parte el recurso interpuesto por el condenado, que fue castigado con 11 años de cárcel por cada tentativa de homicidio, a pesar de que uno de los intentos fue más grave y generó más secuelas que el otro.

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Concretamente, el implicado, identificado como Jimmy José R. R., protagonizó un ataque por sorpresa a varios jóvenes que estaban jugando a las cartas en un parque del distrito madrileño de Usera, al creer que pertenecían a la banda rival de los Trinitarios.

Fue condenado por atacar, junto a más miembros de su banda, a Albert Adonis R.R, que recibió golpes incluso en el suelo, y a un menor de 14 años, víctima de golpes y machetazos que le ocasionaron lesiones graves y le mantuvieron en coma varios días, dejándole secuelas graves y una discapacidad del 97 %.

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El Tribunal Supremo estima el recurso y aplica una rebaja a la pena del Dominican Don’t Play

El Tribunal Supremo estima el recurso del condenado en lo referente a la individualización de las penas. Sobre ello, el Alto Tribunal considera que ambas tentativas de homicidio debieron tener castigos diferentes, pese a constituir un mismo delito, y en cambio la sentencia condenatoria no razona por qué no se castigó más la acción más grave.

A ese respecto, el Supremo opta por ello por reformular la pena y, tomando como premisa que el castigo de 11 años de prisión es "el máximo reproche merecido por las acciones homicidas cometidas por el recurrente", sostiene que ello obliga a "reajustar a la baja la pena" en el caso de la acción homicida menos grave.

Siguiendo esa argumentación, reduce en un año la condena del intento de homicidio menos grave, hasta fijar un castigo de 10 años de cárcel, compartiendo los criterios de la Audiencia Provincial de Madrid para imponer la pena en la parte alta de la mitad inferior.

Concretamente, justifica esta pena en la brutalidad, la aleatoriedad del ataque, la proximidad típica de la acción al asesinato, la gravedad de las lesiones causadas, la intervención de un numeroso grupo de personas y la utilización de todo tipo de armas.

Observando y admitiendo así el recurso, la pena queda rebajada así de 22 a 21 años de cárcel.

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