Un médico japonés llama a las personas mayores con coronavirus a consentir que se trate primero a los jóvenes

  • El doctor se basa en la menor probabilidad de recuperación de los mayores

  • Su llamamiento ha sido duramente criticado por numerosas asociaciones

Fuminobu Ishikura, un médico japonés, ha protagonizado una polémica tras sostener la idea de una "tarjeta de consentimiento" para las personas mayores enfermas de coronavirus. El doctor hace un llamamiento a las personas mayores para que consientan que los trabajadores de la salud prioricen el tratamiento a los más jóvenes.

Ishikura está convencido de que esta es la manera correcta de afrontar la crisis sanitaria ya que, según él, hay demasiados pacientes y pocos respiradores, por lo que hay que tomar decisiones sobre a quién tratar en primer lugar.

Según recoge SCMP, este médico cardiovascular ha asegurado que las personas mayores suelen tener una mayor urgencia de tratamiento, pero una menor probabilidad de recuperación, por lo que apuesta por priorizar el tratamiento a un joven, que tenga más probabilidad de supervivencia.

El hombre, de 64 años, asegura que los médicos se enfrentan día a día a este tipo de decisiones, y una tarjeta como la que propone ahorraría mucho tiempo en la toma de decisiones. Esas tarjetas están disponibles en su página web personal, aunque desconoce cuántas personas la han solicitado.

Este llamamiento ha sido duramente criticado por muchos grupos de la sociedad. Uno de ellos ha sido una asociación de padres con hijos con síndrome de Down, que aseguran que el método de el doctor Ishikura discrimina a las personas, dejándolas sin el tratamiento que merecen solo por su condición sanitaria.

Es inconstitucional excluir de forma general a los mayores de 80 años de tratamiento

El Ministerio de Sanidad precisa en un documento fechado el pasado 2 de abril que excluir a pacientes del acceso a determinados recursos asistenciales o a determinados tratamientos (por ejemplo, aplicar dicha limitación a toda persona de edad superior a 80 años) resulta contrario, por discriminatorio, a los fundamentos mismos del Estado de Derecho, y concretamente al principio de igualdad consagrado en el artículo 14 de la Constitución Española.

Se refiere así al debate generado en torno a los criterios para la aplicación de recursos asistenciales escasos en el marco de una situación de emergencia sanitaria tanto en los medios de comunicación como en distintos documentos y foros científicos, sobre la posibilidad de acudir a criterios como la edad del paciente para discriminar a determinados grupos poblacionales del acceso a dichos recursos en situaciones extremas de evidente insuficiencia de los recursos.

Ello cobra particular relevancia, según recalca, en el marco de la pandemia SARSCoV-2 ante la escasez de camas de UCI (y, en particular, de aparatos de ventilación mecánica) al objeto de cubrir la totalidad de las necesidades existentes en el conjunto de la población. "Resulta procedente poner de manifiesto la absoluta proscripción de empleo de criterios fundados en la discriminación por cualquier motivo con la finalidad de priorizar pacientes en dichos contextos", enfatiza.

El informe del Ministerio de Sanidad, sobre los aspectos éticos en situaciones de pandemia, subraya que los pacientes de mayor edad en caso de escasez extrema de recursos asistenciales deberán ser tratados "en las mismas condiciones" que el resto de la población, es decir, atendiendo a criterios clínicos de cada caso en particular.

"Ello implica que, eventualmente y en la medida en que la escasez de medios básicos impida la cobertura de las necesidades de toda la población, se les aplicarán los criterios de admisión de pacientes con síntomas graves en unidades de cuidados intensivos y aplicación de ventilación mecánica asistida recogidos exactamente en las mismas condiciones que a cualquier otro ciudadano", afirma.

De este modo, señala que lo que no resulta en modo alguno aceptable es descartar 'ex ante' el acceso a dichos medios a toda persona que supere una edad.

"Aceptar una discriminación como la anteriormente reflejada supondría establecer una minusvaloración de determinadas vidas humanas por la etapa vital en la que se encuentra dicho sector de ciudadanía, lo que contradice los fundamentos de nuestro Estado de Derecho, en particular el reconocimiento de la igual dignidad intrínseca de todo ser humano por el hecho de serlo", añade.