Impiden a una mujer desheredar a sus hijas por no acudir al entierro de su padre

  • La mujer alegó que sus hijas la habían "maltratado de obra o injuriado gravemente"

  • La sentencia no reconoce un maltrato psíquico continuado hacia la progenitora

La legítima hereditaria es el derecho de un hijo a recibir una parte de la herencia de sus padres, pero ese derecho cuenta con algunas excepciones, como que exista un maltrato físico por parte de los vástagos, o que estos hayan privado a sus progenitores de necesidades básicas. Incluso algunos jueces pueden admitir el maltrato psicológico como causa para dejar sin dinero ni bienes a los descendientes. Aunque para esto hay que demostrar los hechos. Y este ha sido el escollo insalvable para una madre que tenía la intención de desheredar a sus tres hijas, un caso que recoge 'La voz de Galicia'.

La Audiencia Provincial de Castellón, a la que recurrió una de las hijas, revocó la decisión de la mujer de desheredar a su descendencia por insultarla, abandonar el hogar familiar y, especialmente, por no acudir al entierro de su padre. La sentencia recoge que todas estas circunstancias sí muestran claramente un conflicto familiar "no exento de cierto enconamiento", pero concluye que no es suficiente. Porque no tienen la gravedad necesaria para ser considerados como un maltrato psíquico continuado.

El conflicto familiar venía de lejos. La madre llegó a firmar hasta cuatro testamentos diferentes. El último, fechado en el 2008, recogía su expreso deseo de apartar de la herencia a sus tres hijas. Entre las razones que aportaba para su decisión se citaba que sus descendientes la habían "maltratado de obra o injuriado de palabra gravemente". Años después, cuando la mujer falleció, una de las hijas decidió acudir a la Justicia para impugnar el testamento. Arrancó entonces un turbulento proceso.

En el juicio, los herederos que había escogido la fallecida corroboraron algunas escenas en las que se habían registrado "muchos insultos" e incluso "algunos empujones". Otro de los testigos relató que la demandante había abandonado el hogar familiar tras haber mantenido una fuerte pelea con su padre, que de hecho acabó derivando en un procedimiento penal.

Tal fue el desencuentro que cuando el padre falleció, la hija decidió no acudir al entierro a pesar de las peticiones de la madre. Alegaron entonces los testigos que todo esto acabó provocando en la madre una angustia tan grande que decidió desheredar a sus hijas. Sin embargo, el tribunal dice ahora que no se puede constatar que todo esto formara parte de una agresión como tal.