Piden prisión para un matrimonio por pegar y dejar sin comer a su hijo desde que el niño tenía seis años, en Gijón:
Los progenitores amenazaban al menor para que no lo contase con mandarle a un internado a Senegal
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La Fiscalía de Área de Gijón solicita penas de prisión para un matrimonio acusado de maltratar de forma habitual a su hijo, con golpes, baños de agua fría o falta de comida y amenazas. La vista oral se ha celebrado en la sección penal del Tribunal de Instancia, plaza número 2, de Gijón, y ha quedado vista para sentencia.
El Ministerio Fiscal sostiene que la acusada, de Senegal, entre las dos y media y las cuatro y media de la tarde el 15 de marzo de 2023, propinó a su hijo de 13 años varios golpes con una escoba tras discutir con él por una nota del colegio. La acusada y su marido y padre del menor, también de Senegal, desde que el niño tenía 6 años y sin que sea posible concretar fechas, le insultaban, le daban bofetones a diario y le golpeaban con la escoba.
La víctima está en un centro de protección de menores desde 2023
En otras ocasiones le metían en agua fría o no le daban de comer. Para que no lo contase, le amenazaban con mandarle a un internado o a Senegal. Ambos acusados se encuentran en situación regular en España.
La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de maltrato en el ámbito familiar del artículo 153.2 y 3 del Código Penal, en relación con los artículos 57.2 y 48.2, y de un delito de maltrato habitual del 173.2. Del primer delito respondería la acusada, madre del menor, y del segundo, ambos progenitores. Y solicita que se condene a la acusada, por el primer delito, a 9 meses de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante 3 años; prohibición de aproximación al menor, a su domicilio, lugar de trabajo o centro escolar, o cualquier otro lugar frecuentado por el mismo, a una distancia inferior a 500 metros, así como prohibición de comunicarse con él por cualquier medio, en ambos casos durante 2 años; e inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento por tiempo de 3 años.
Prohibición de comunicarse con él por cualquier medio
Y a cada uno de los dos acusados, por el segundo delito, a 2 años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante 4 años; prohibición de aproximación al menor, a su domicilio, lugar de trabajo, centro escolar o cualquier otro frecuentado por el mismo, a una distancia inferior a 500 metros, así como , en ambos casos durante 2 años; e inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o durante 4 años. Abono de las costas procesales.
En concepto de responsabilidad civil, el Ministerio Fiscal solicita que la acusada indemnice al representante legal del menor con 400 euros por las lesiones sufridas, con los intereses legales correspondientes. Y al Servicio de Salud del Principado de Asturias (Sespa), con la cantidad que se determine, también más los intereses legales correspondientes. Asimismo, ambos acusados deberán de indemnizar al representante legal del menor con 1.000 euros por los daños morales causados, más intereses.