La acusación particular se opone a la revisión de la condena al ‘caníbal del Turia” que le rebajaría la pena un año

La acusación particular se opone a la revisión de la condena al ‘caníbal del Turia” que le rebajaría la pena un año
Juan Carlos Navarro, abogado de una de las víctimas del 'canibal del Turia'. NIUS
  • La Audiencia Provincial de Valencia ha instado de oficio la revisión y ha emplazado a las partes para que se pronuncien

  • La defensa pretende que se rebaje la pena en un año, pero la acusación particular no está de acuerdo porque la pena de 3,5 años también se contempla en la nueva Ley

  • El condenado cometió este delito durante un permiso penitenciario por haber intentado asesinar a una mujer y violar a otras dos en Valencia

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ValenciaEl delincuente conocido como ‘caníbal del Turia’, condenado a casi 20 años de prisión por intentar asesinar a una mujer en plena calle, así como por violar a dos más, en Valencia, podría salir de la cárcel un año antes si se revisa su última condena, de acuerdo a la Ley del ‘si es si’.

La Audiencia Provincial de Valencia ha solicitado de oficio la revisión de la sentencia de uno de los delitos cometidos por el condenado, y como parte del proceso ha instado a las partes para que se pronuncien sobre esta cuestión. En base a ello, la defensa ya se ha pronunciado y solicita la rebaja de un año de la condena.

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Por su parte la acusación particular se opone a la revisión y considera que no procede la rebaja, ya que la pena de tres años y medio, a la que fue sentenciado, estaría contemplada en la nueva Ley del solo ‘sí es sí’.

El mismo criterio, el que alega la acusación particular, que ya está argumentando la Fiscalía General del Estado (FGE) para oponerse a la revisión de casos similares a este. El abogado de la víctima, Juan Carlos Navarro, afirma que es un criterio objetivo y espera que finalmente no llegue la revisión.

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La condena que ahora podría ser revisada en beneficio del reo es de tres años y medio. El condenado salió en un permiso penitenciario de las otras dos condenas y en ese periodo intento agredir a una joven que se resistió y la propinó un puñetazo.

Con la nueva Ley podría haber sido una multa

Dado que el puñetazo es solo un delito de lesiones, se le impuso la pena inferior del grado superior por atentar contra la libertad sexual de su víctima, con el agravante de reincidencia, lo que dejaba la condena en 3,5 años.

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Recordemos que el Código Penal castigaba la agresión sexual con penas de uno a cinco años de cárcel. Con la reforma, el mismo artículo establece para esta pena de uno a cuatro años.

Pero este no sería el peor de los escenarios, pues, según explica el abogado de la víctima, si los hechos fuesen juzgados ahora, con la nueva ley en la mano, la condena podría ser simplemente una multa de 18 a 24 meses, que no conllevaría privación de libertad. Un hecho que no se va a dar porque la revisión no entra a valorar cuestiones individualizadas.

Esto es así, explica el letrado Navarro, porque en la sentencia se contempla una “menor entidad del hecho delictivo” o lo que es lo mismo un carácter “relativamente leve” del atentado contra la libertad sexual de la víctima “puesto que se limitó a tocarle el pecho y tratar de introducir su mano en el interior de la camiseta”, lo que actúa haría posible una pena de multa en la actualidad.