La denuncia de una mujer tras encontrar la tumba de su padre vacía: "Sin lápida, sin cristal y sin recibir notificación"

Imagen aérea del cementerio de Sant Andreu, Barcelona
Imagen aérea del cementerio de Sant Andreu, BarcelonaSindicatura de Greuges de Barcelona
  • La Sindicatura de Greuges detecta irregularidades administrativas en un procedimiento de exhumación por Cementerios de Barcelona

  • La mujer observó que las notificaciones por impago y caducidad se habían enviado a una dirección incorrecta

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BarcelonaLa Sindicatura de Greuges de Barcelona ha detectado irregularidades administrativas en un procedimiento de exhumación llevado a cabo en el cementerio de Sant Andreu de Barcelona, después de que una mujer encontrase la sepultura de su padre "vacía, sin lápida, sin cristal y sin jarrones por sorpresa y sin recibir notificación".

La mujer presentó una queja formal ante el Síndic, que considera que la actuación de Cementerios de Barcelona "no ha sido ajustada a derecho en cuanto a la notificación de la declaración de caducidad de la sepultura y a la tramitación de la reclamación de responsabilidad patrimonial".

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La afectada se dirigió a la oficina de entrada del cementerio y, tras solicitar la información, le dijeron que ocho meses antes se habían retirado los restos por impago y se habían depositado en el osario general. Después de acceder a la documentación, observó que las notificaciones por impago y caducidad se habían enviado a una dirección incorrecta, que no coincidía con el domicilio del padrón.

Omitidos segundos intentos de notificación

También se dio cuenta de que se omitieron los segundos intentos de notificación. Por ello, el 22 de octubre de 2024 inició un procedimiento de responsabilidad patrimonial, considerando que los hechos eran consecuencia de una negligencia de Cementerios de Barcelona.

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"Según la normativa vigente, la sepultura era una concesión breve que requería el pago anual. El impago motivó el inicio de un expediente de caducidad, tal como establece la Ordenanza Municipal de Cementerios de Barcelona (OMCB). Sin embargo, el procedimiento administrativo ha sido marcado por deficiencias en la notificación de la caducidad", explica el Síndic de Barcelona.

La notificación se practicó en la dirección que disponía Cementerios de Barcelona, y después de que se devolviera por "domicilio desconocido", no se consultó el padrón municipal, como determina la OMCB y la jurisprudencia. Posteriormente, se procedió a la notificación en el diario oficial correspondiente después de un solo intento fallido, sin actuar con la diligencia mínima legalmente exigida para localizar la dirección correcta.

Vía a una posible indemnización

"Este defecto en la notificación puede comportar la nulidad de la declaración de caducidad y abrir la vía a una posible indemnización. Además, en la ejecución del vaciado, Cementerios de Barcelona no acreditó mediante una fotografía el estado de la sepultura", añade la Sindicatura, por lo que consideran que "debilita la justificación de la medida adoptada".

Ante estos hechos, el Síndic ha recomendado a la empresa que se encarga de la gestión de cementerios de la capital catalana que revise el procedimiento efectuado para declarar la caducidad de la sepultura a fin de determinar la posible nulidad o anulabilidad y las consecuencias derivadas.

También recomiendan que en futuras ejecuciones de caducidad de sepultura se documenten los expedientes con la imagen fotográfica de la sepultura afectada, y que se tramite la reclamación de responsabilidad patrimonial instada por la interesada y que se ajuste a las al procedimiento legalmente establecido o que se llegue a una finalización convencional sin comprometer los derechos de la persona interesada.

"En cualquier caso, hay que garantizar la compensación de los daños ocasionados. Recordar que en su actuación notificadora debe desplegar la diligencia mínima legalmente exigida para localizar la dirección correcta de las personas interesadas", sentencian.

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