Las guardias civiles cobrarán el sueldo completo en bajas por aborto o regla incapacitante

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El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska , y la directora general de la Guardia Civil, Mercedes González. Europa Press
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Las guardias civiles cobrarán el salario completo cuando tengan bajas médicas por aborto, ya sea voluntario o no voluntario, o por menstruación incapacitante, según recoge la nueva regulación, mediante real decreto, de la situación de incapacidad temporal para el personal del instituto armado aprobada este martes por el Consejo de Ministros.

El real decreto desarrolla la estructura, composición y funciones de la sanidad de la Guardia Civil en la gestión de las bajas por incapacidad temporal, que podrán ser de muy corta duración (de 1 a 4 días), cortas (de 5 a 30 días), de duración media (de 31 a 60 días) y de larga duración (más de 60 días), según señala la referencia del Consejo.

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Entre otras novedades, la norma define y concreta las bajas producidas en acto de servicio, opta por el soporte digital para la remisión de los partes médicos e impone la obligación de notificar al órgano médico de la unidad de destino, en un plazo máximo de dos días, el hecho de estar en tratamiento psiquiátrico o psicofarmacológico.

El real decreto concilia los supuestos en los que puedan coincidir bajas médicas con permisos de nacimiento y tiene en cuenta las situaciones de riesgo durante el embarazo y la lactancia natural

Asimismo, establece que las guardias civiles que no puedan prestar servicio por las razones previstas en el Régimen General de la Seguridad Social como menstruación incapacitante o interrupción del embarazo, voluntaria o no, mientras reciban asistencia sanitaria percibirán la totalidad de sus retribuciones durante el tiempo que se mantengan las circunstancias que motivan la baja.

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Por último, el real decreto articula actuaciones para la detección del consumo de alcohol o drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, mediante reconocimientos y pruebas.