Herencias

Cómo descubrir si tienes una herencia sin reclamar

Cómo descubrir si tienes una herencia sin reclamar
¿Es posible ser heredero sin saberlo?. Getty Images
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La mayoría de las personas asociamos una herencia con el fallecimiento de un padre, una madre o un familiar cercano. Sin embargo, la realidad puede ser mucho más compleja. Hay quienes descubren años después que figuraban entre los herederos de un tío lejano, un primo sin descendencia o incluso un familiar con el que habían perdido el contacto.

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También existen herencias que permanecen sin reclamar porque los beneficiarios desconocen que tienen derechos sobre ese patrimonio o porque nunca fueron localizados durante la tramitación de la sucesión. Así que aunque no es una situación frecuente, sí ocurre y conviene saber cómo actuar.

La legislación española contempla distintos mecanismos para localizar información sobre una herencia y comprobar si una persona tiene derechos sucesorios. Conocer estos procedimientos puede evitar que un patrimonio quede sin reclamar durante años o que se compliquen innecesariamente los trámites.

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¿Es posible ser heredero sin saberlo? Sí. El hecho de que una persona no tenga noticia del fallecimiento de un familiar o desconozca la existencia de un testamento no significa que haya perdido automáticamente su condición de heredero.

En ocasiones, el fallecido deja testamento nombrando beneficiarios que no forman parte de su círculo más cercano. En otras, la herencia se tramita conforme a las reglas de la sucesión intestada cuando no existe testamento, siguiendo el orden de parentesco establecido en el Código Civil. También puede suceder que los herederos desconocidos residan en otra provincia o incluso en otro país, lo que dificulta su localización.

El primer paso: saber si existe testamento

Cuando se tiene constancia del fallecimiento de un posible familiar, el procedimiento comienza solicitando el certificado de actos de última voluntad. Este documento permite conocer si el fallecido otorgó testamento y ante qué notario lo hizo. Con esa información será posible solicitar una copia autorizada del testamento a la notaría correspondiente, siempre que quien la solicite tenga interés legítimo como posible heredero.

Para obtener este certificado es necesario presentar previamente el certificado literal de defunción y realizar la solicitud ante el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. Se trata de uno de los documentos más importantes de todo el proceso, ya que permite determinar cuál fue la última voluntad del fallecido.

¿Y si no hay testamento?

La ausencia de testamento no significa que no exista herencia. En estos casos debe iniciarse una declaración de herederos, un procedimiento que determina quiénes tienen derecho a heredar según el orden fijado por la legislación civil.

Con carácter general, heredan primero los descendientes; después los ascendientes; posteriormente el cónyuge viudo y, si no existen estos familiares, entran en juego los hermanos, sobrinos y otros parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad. Si no aparecen herederos con derecho legal, la herencia puede terminar correspondiendo al Estado.

Cómo comprobar si tienes derechos hereditarios

Cuando existen sospechas razonables de que una persona puede figurar como heredera, conviene seguir varios pasos. El primero consiste en recopilar toda la documentación familiar disponible para acreditar el parentesco.

Después resulta recomendable solicitar el certificado de últimas voluntades y, si existe testamento, conocer su contenido. Si no lo hay, será necesario acreditar el vínculo familiar mediante certificados de nacimiento, matrimonio u otros documentos del Registro Civil para participar en la declaración de herederos.

En situaciones especialmente complejas, cuando existen ramas familiares extensas o se desconoce el patrimonio del fallecido, suele ser aconsejable contar con el asesoramiento de un notario o de un abogado especializado en derecho sucesorio.

Cuidado con los plazos

Uno de los errores más habituales consiste en pensar que una herencia puede reclamarse en cualquier momento. Aunque la aceptación de la herencia no está sometida a un plazo general único en todos los casos, sí existen importantes límites temporales relacionados con cuestiones fiscales, reclamaciones entre herederos o acciones judiciales.

Por ejemplo, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones debe presentarse, con carácter general, dentro de los seis meses siguientes al fallecimiento, aunque puede solicitarse una prórroga en determinadas circunstancias.

Además, dejar transcurrir demasiado tiempo puede dificultar la obtención de documentación, la localización de bienes o la defensa de determinados derechos.

¿Qué pasa con las herencias que nadie reclama?

Cuando no aparecen herederos testamentarios ni legales, o nadie acepta finalmente la herencia, el patrimonio no queda abandonado indefinidamente. La legislación española prevé que, tras seguir el procedimiento correspondiente y comprobar que no existen personas con derecho a heredar, sea el Estado quien adquiera esos bienes.

Por ese motivo, si una persona cree que puede tener derechos sucesorios sobre un patrimonio familiar, resulta aconsejable informarse cuanto antes y reunir toda la documentación posible.