Cómo cobrar el paro tras un período de prueba o una baja voluntaria
Si estás pensando en optar por una baja voluntaria en tu trabajo y quieres cobrar el paro, descubre si es posible y bajo qué circunstancias
MadridSon muchas las personas que se plantean en algún momento de sus carreras abandonar su puesto de trabajo, ya sea para seguir formándose, para tomarse un tiempo sabático, para cambiar carreras o iniciar un proyecto personal... o simplemente para buscar un puesto de trabajo mejor dentro de su propio sector. El motivo es lo de menos: la baja voluntaria es, evidentemente, una posibilidad con la que cuenta cualquier trabajador, aunque cabe preguntarse si se puede cobrar el paro, una posibilidad que muchas personas barajan por garantizarse así unos ingresos en ese periodo de transición. ¿Cómo cobrar el paro con una baja voluntaria? ¿Existe esa posibilidad?
¿Se puede cobrar el paro después de una baja voluntaria?
Tal y como recoge la propia web del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), si abandonan un trabajo de forma voluntaria, no se puede percibir la prestación por desempleo, ya que, según establece la normativa, "para poder cobrar una prestación por desempleo es necesario que la baja en el trabajo no se haya producido de forma voluntaria, pues el sistema de protección por desempleo protege a las personas trabajadoras que quieren y pueden trabajar pero carecen de empleo".
Es más, si posteriormente trabajas en una nueva empresa y te cesan por no superar el periodo de prueba por decisión del empresario o la empresaria, y no han transcurrido más de tres meses desde que se produjo el cese voluntario en la empresa anterior, tampoco tendrás derecho a una prestación por desempleo.
No obstante, si te incorporas de nuevo a otro puesto de trabajo y este contrato finaliza por no superar el periodo de prueba por decisión de la empresa, pero han transcurrido más de tres meses desde la baja voluntaria, sí tendrá derecho a una prestación por desempleo, siempre que reúna el resto de requisitos
De todos modos, asegura el SEPE, "se suele realizar un análisis concreto de cada caso para determinar si hay indicios que permitan establecer de manera fundada la presunción de fraude de ley en la última contratación, por si se pretende acceder a la prestación por desempleo de forma indebida".