La justicia francesa condena a un trabajador a pagar 800.000 euros a su empresa por renunciar a su puesto para favorecer a la competencia
El trabajador, que era un mando intermedió, dejó su puesto porque tenía un plan para incorporarse a una empresa rival
Los jueces consideraron probado que el trabajador usó datos confidenciales de su empresa para beneficiar a su rival directo
Un Tribunal en Francia ha condenado a un trabajador a a pagar casi un millón de euros por renunciar voluntariamente a su puesto. El trasfondo de dejar su puesto de gestor de proyectos en una empresa gala era pasarse a la competencia y para ello filtró datos confidenciales que beneficiaron al rival directo de su anterior compañía. Los jueces han castigado al empleado por falta grave con dolo y le obliga a compensar las pérdidas económicas.
La información que el empleado filtró ayudó a la nueva empresa a adjudicarse contratos públicos, una comportamiento que el Tribunal de Apelación de Poitiers ha calificado de falta grave, figura que permite exigir responsabilidad patrimonial al trabajador cuando quede probada la intención de causar perjuicio, como en este caso, publicado por Le Figaro.
La sentencia de la justicia francesa subraya que la obligación de lealtad del empleado no finaliza con la renuncia, sino que se extiende mientras la información sensible siga siendo secreta y valiosa. El trabajador, en este caso, e reveló datos técnicos y económicos de forma sistemática y continuada antes y después de su salida de la empresa. Esto le dio importantes ventajas a la empresa competidora que logró anticipar ofertas y hacerse con varias licitaciones.
El Tribunal de Comercio condenó también a la empresa favorecida que le trasladó el empleado, ahora castigado, a pagar 2,57 millones de euros en concepto de daños y perjuicios, pero la cifra fue reducida por el Tribunal de Apelación, que además subrayó que la empresa estaba en proceso de liquidación judicial.
La ley española castiga la transgresión de la buena fe contractual
La normativa laboral en España regula en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores, el despido disciplinario por falta grave y, en casos excepcionales, cuando se pruebe la transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.
En la ley no se especifica cuáles son los casos en los que se entiende que se ha transgredido la buena fe contractual, pero la jurisprudencia da pista de las interpretaciones de los tribunales españoles.
Según los especialistas de la web especializada, Conceptos Jurídicos, se "puede entender que existe una transgresión de la buena fe contractual siempre que el trabajador haya actuado con abuso de confianza, se haya extralimitado en sus funciones, oculte información trascendental, incurra en ciertas incompatibilidades, actúe de manera desleal", entre otras razones.