¿Cómo modificar un convenio de pensión alimenticia?

Pareja decidiendo la pension alimenticia
Pareja decidiendo la pension alimenticia
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MadridLa pensión alimenticia es un derecho fundamental de los menores y personas dependientes, garantizado por la ley en la mayoría de los países. Sin embargo, las circunstancias económicas, laborales y personales de quienes deben pagarla (deudores alimentarios) o de quienes la reciben (beneficiarios) pueden cambiar con el tiempo. En estos casos, es posible solicitar la modificación del convenio de pensión alimenticia, siempre que se justifique adecuadamente la necesidad de dicho cambio.

Por supuesto, no se trata de algo que se pueda modificar o extinguir por decisión unilateral, sino que hay que seguir una serie de pasos para modificar una pensión alimenticia. Además, también es necesario que dicha solicitud esté cimentada en una razones fundamentadas. 

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¿Cuándo se puede modificar una pensión alimenticia?

Según el artículo 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, la modificación de las medidas definitivas, como la pensión de alimentos, procede cuando se evidencian cambios sustanciales en las circunstancias que motivaron su adopción. Estas variaciones deben ser:

  • Sustanciales y relevantes: Cambios significativos que afecten la capacidad económica o las necesidades de las partes.
  • Duraderos y estables: No se consideran modificaciones temporales o esporádicas.
  • Involuntarios o imprevisibles: No provocados deliberadamente por quien solicita la modificación.
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Por ejemplo, una pérdida de empleo o una enfermedad grave que afecte la capacidad económica del progenitor obligado al pago pueden justificar una revisión de la pensión.

Pasos para modificar el convenio de pensión alimenticia

El proceso para modificar una pensión alimenticia puede iniciarse de dos formas:

  • De mutuo acuerdo: Si ambos progenitores están de acuerdo en la necesidad de modificar la pensión, deben primero redactar un nuevo convenio regulador que refleje las modificaciones acordadas, para después presentar dicho convenio ante el juzgado que dictó las medidas originales para su homologación. Esta alternativa resulta más ágil y evita conflictos innecesarios.
  • Por vía contenciosa: Si no hay acuerdo, la parte interesada deben presentar una demanda de modificación de medidas ante el juzgado competente, aportando pruebas que acrediten el cambio sustancial de circunstancias. Tras ello tendrá lugar un proceso judicial, donde ambas partes podrán exponer sus argumentos antes de que el juez dicte una resolución. Este procedimiento puede ser más largo y costoso debido a la confrontación entre las partes.
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La documentación necesaria para respaldar la solicitud de modificación debe incluir las pruebas que demuestren las nuevas circunstancias. Esta sería una parte fundamental para que el juez valore la procedencia de la modificación solicitada. De esta manera, deberían incluirse: 

  • Certificados de desempleo o nóminas recientes que evidencien la reducción de ingresos.
  • Informes médicos en caso de enfermedad que afecte la capacidad laboral.
  • Justificantes de gastos adicionales relacionados con el menor, como necesidades educativas o sanitarias especiales.

Por otra parte, hay que tener presente que la extinción de la pensión, según el artículo 152 del Código Civil, llega, entre otras causas, cuando el alimentista puede ejercer un oficio, profesión o industria, o ha alcanzado la mayoría de edad y cuenta con ingresos propios.

En definitiva, la modificación de un convenio de pensión alimenticia en España requiere la demostración de cambios sustanciales en las circunstancias de las partes. El proceso puede realizarse de mutuo acuerdo o mediante una demanda judicial, siempre respaldado por la documentación pertinente y bajo el asesoramiento de profesionales del derecho.