Las 10 ayudas compatibles con la pensión de viudedad

Qué prestaciones son compatibles con la pensión de viudedad
La pensión de viudedad es compatible con otras prestaciones. PIXABAY
Compartir

MadridLa pensión de viudedad es una prestación económica destinada a proteger a quienes han perdido a su cónyuge o pareja de hecho, proporcionándoles un sustento financiero tras el fallecimiento de un ser querido. En España, esta pensión es compatible con diversas ayudas y prestaciones, permitiendo a los beneficiarios complementar sus ingresos en función de sus circunstancias personales y laborales. 

Las ayudas compatibles con la pensión de viudedad en España

Prestación por desempleo

Los beneficiarios de una pensión de viudedad pueden simultáneamente percibir la prestación por desempleo, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Esto incluye haber trabajado y cotizado el tiempo mínimo requerido y encontrarse en situación legal de desempleo. Es fundamental que la suma de ambas prestaciones no supere los límites establecidos por la normativa vigente.

PUEDE INTERESARTE

Subsidios por desempleo

Además de la prestación contributiva por desempleo, existen diversos subsidios que también son compatibles con la pensión de viudedad:

  • Subsidio por insuficiencia de cotización: Para quienes no han cotizado el tiempo mínimo para acceder a la prestación contributiva.
  • Ayuda familiar: Destinada a desempleados con responsabilidades familiares que han agotado la prestación contributiva.
  • Subsidio para mayores de 45 años: Para desempleados de 45 años o más que han agotado la prestación contributiva sin cargas familiares.
  • Subsidio para mayores de 52 años: Ofrece una ayuda mensual hasta alcanzar la edad de jubilación, siempre que se mantengan los requisitos.
  • Renta Activa de Inserción (RAI): Dirigida a desempleados con especiales necesidades económicas y dificultades para encontrar empleo.
  • Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED): Para quienes han agotado otras prestaciones y siguen en situación de desempleo.

Es esencial cumplir con los criterios específicos de cada subsidio, como no superar ciertos umbrales de renta.

Pensión de jubilación

La pensión de viudedad es compatible con la pensión de jubilación. Sin embargo, la suma de ambas no puede exceder la cuantía máxima establecida anualmente por la ley. En caso de superar este límite, se ajustará la cuantía de las pensiones para cumplir con la normativa vigente.

PUEDE INTERESARTE

Pensión de incapacidad permanente

Es posible percibir simultáneamente una pensión de viudedad y una pensión de incapacidad permanente, ya sea total, absoluta o gran invalidez. No obstante, la suma de ambas pensiones está sujeta a los límites establecidos por la ley, y en caso de superarlos, se procederá a los ajustes correspondientes.

Subsidios por incapacidad temporal

Los beneficiarios de una pensión de viudedad que se encuentren en situación de incapacidad temporal debido a enfermedad o accidente pueden acceder a este subsidio sin que ello afecte al cobro de su pensión de viudedad.

PUEDE INTERESARTE

Prestaciones por maternidad y paternidad

Durante los periodos de descanso por nacimiento y cuidado del menor, es posible compatibilizar la pensión de viudedad con las prestaciones por maternidad o paternidad, siempre que se cumplan los requisitos establecidos para acceder a estas ayudas.

Subsidio por riesgo durante el embarazo o lactancia

Si el trabajo puede generar riesgos durante el embarazo o la lactancia, es posible acceder a este subsidio sin que ello interfiera con la percepción de la pensión de viudedad. Es necesario estar dado de alta en alguno de los regímenes de la Seguridad Social y cumplir con los requisitos específicos.

Ingreso Mínimo Vital (IMV)

El Ingreso Mínimo Vital es compatible con la pensión de viudedad, siempre que se cumplan los criterios de vulnerabilidad económica establecidos. La cuantía del IMV se ajustará en función de los ingresos totales del beneficiario, incluyendo la pensión de viudedad.

Pensiones del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI)

Las pensiones del SOVI son compatibles con la pensión de viudedad. Sin embargo, la suma de ambas no puede superar el doble de la pensión mínima de viudedad para beneficiarios de 65 años o más. Si se supera este límite, se reducirá la cuantía del SOVI hasta ajustarse a la normativa.

Rentas del trabajo

La percepción de una pensión de viudedad no impide que el beneficiario pueda continuar trabajando y obteniendo ingresos laborales. Ambos ingresos son compatibles, permitiendo al pensionista mejorar su situación económica.

Es muy importante que los beneficiarios de una pensión de viudedad se informen adecuadamente sobre las compatibilidades y límites establecidos para cada ayuda o prestación adicional.