¿Se puede rechazar una pensión? Las razones por las que algunas personas deciden hacerlo

¿Se puede trabajar y cobrar pensión a la vez? Las tres fórmulas legales para hacerlo
¿Rechazar la pensión es posible?Telecinco.es
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MadridEn España, la pensión contributiva no es un regalo, sino un derecho consolidado a través de años de trabajo y cotización. Por ello, el sistema de Seguridad Social contempla su cobro como irrenunciable, un principio que protege tanto a los ciudadanos como al propio equilibrio financiero del sistema público. Sin embargo, en los últimos años han aparecido casos —y sentencias— que han matizado esta aparente inflexibilidad, generando un debate entre el marco jurídico y las aspiraciones personales de los beneficiarios.

Según el artículo 44.1 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), "los derechos reconocidos por el sistema de la Seguridad Social tienen el carácter de irrenunciables". Aun así, el Tribunal Supremo ha establecido jurisprudencia que permite, en determinadas condiciones, renunciar al cobro efectivo de la pensión, siempre que ello no implique una pérdida del derecho sino una suspensión voluntaria y justificada de su percepción. En otras palabras: no se puede renunciar a tener pensión, pero sí retrasar o pausar su cobro.

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¿Por qué alguien decidiría no cobrar su pensión?

Una de las razones más habituales es económica y estratégica: seguir trabajando para aumentar la base reguladora y, por tanto, la cuantía final de la pensión. En estos casos, los beneficiarios que ya han solicitado la pensión —y a los que se les ha reconocido el derecho— optan por dejarla en suspenso mientras continúan cotizando. Esta decisión, aunque minoritaria, es cada vez más común entre profesionales, autónomos o altos funcionarios que buscan maximizar su futura prestación.

Otra motivación frecuente es el desacuerdo con la cuantía asignada. Algunas personas consideran que, si el cálculo de su pensión resulta insatisfactorio o se basa en bases de cotización incompletas o erróneas, es preferible no activarla mientras presentan reclamaciones o corrigen datos. Esta decisión, aunque resulta arriesgada si se prolonga en el tiempo, puede derivar en un reconocimiento más justo de las cantidades que percibirá a posteriori.

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También existen casos menos frecuentes, pero igualmente relevantes, en los que razones filosóficas o políticas llevan a una persona a rechazar la pensión pública. Es el caso de algunos activistas o figuras públicas que, como gesto simbólico, deciden no cobrar una prestación estatal, aunque legalmente no puedan renunciar al derecho en sí mismo. En estos casos, simplemente no cobran el importe, o bien lo donan.

Aspectos legales y fiscales a tener en cuenta

La suspensión del cobro de la pensión debe solicitarse expresamente ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). No basta con dejar de retirar el dinero o ignorar la resolución administrativa. En caso contrario, la pensión se seguirá considerando cobrada, con las correspondientes retenciones fiscales y efectos administrativos.

Además, cabe recordar que la pensión, una vez reconocida, tiene carácter vitalicio. Si se opta por suspenderla, puede reactivarse en cualquier momento, siempre que se solicite formalmente y no hayan prescrito los derechos derivados del cobro. No existe un plazo máximo de suspensión, aunque el INSS puede requerir información periódica sobre la situación del beneficiario.

En última instancia, el cobro de una pensión contributiva en España no puede rechazarse en términos jurídicos absolutos, pero sí posponerse de forma voluntaria. Ya sea por motivos económicos, estratégicos, personales o incluso ideológicos, cada vez más ciudadanos exploran esta opción como vía para mejorar su jubilación o manifestar sus convicciones. La clave está en conocer bien el marco legal y actuar siempre con asesoramiento especializado, ya que una mala decisión puede implicar consecuencias fiscales o pérdida de derechos.