Una pensión no contributiva

Abecé de la pensión de 7.900 € en España: requisitos para cobrarla aunque no hayas cotizado

Los requisitos de las pensiones no contributivas
Los requisitos de las pensiones no contributivasUnsplash
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En un país en el que el sistema público de pensiones está directamente vinculado a la cotización a la Seguridad Social, sorprende que exista una prestación anual cercana a los 7.900 euros a la que pueden acceder personas que nunca han trabajado ni cotizado. Se trata de la pensión no contributiva de jubilación, una ayuda que garantiza un mínimo de subsistencia a quienes no tienen derecho a pensión contributiva, ni recursos suficientes para mantenerse.

Aunque su existencia no es nueva, ha ganado protagonismo en tiempos de precariedad y longevidad creciente. Según datos del IMSERSO, más de 250.000 personas la perciben en España, la mayoría mujeres y mayores de 65 años.

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¿Qué es la pensión no contributiva?

Se trata de una prestación económica gestionada por el IMSERSO y las comunidades autónomas, pensada para personas que tienen 65 años o más, residir legalmente en España durante al menos 10 años, dos de ellos consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud y, lo más importante, carecen de ingresos suficientes, lo que en 2024 significa no superar el umbral de 7.200 euros anuales en ingresos propios (cantidad que varía si conviven con familiares).

Aunque se la llama pensión, no está vinculada al número de años cotizados, de ahí que se califique como “no contributiva”. El objetivo es garantizar un mínimo vital, no premiar la trayectoria laboral.

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Según establece la Seguridad Social, en 2025 la cuantía anual básica de esta pensión es de 7.905,80 euros, pero puede llegar a sumar un total de 3.952,90 € anuales euros anuales en el caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 75% y necesidad de asistencia de terceros.

¿Cómo se solicita esta pensión y qué documentación se necesita?

La pensión no contributiva de jubilación debe solicitarse presencialmente en los servicios sociales de tu comunidad autónoma o en las delegaciones del IMSERSO, aunque también es posible iniciar el trámite a través de las oficinas de la Seguridad Social o mediante sede electrónica en algunas comunidades.

Los documentos necesarios incluyen el DNI o NIE del solicitante, un certificado de empadronamiento, certificado de convivencia, justificantes de ingresos personales y familiares y, en algunos casos, libro de familia u otros documentos que acrediten las relaciones familiares y patrimoniales

El proceso puede tardar entre 3 y 6 meses, dependiendo de la carga administrativa de cada comunidad autónoma. El pago se efectúa en 14 pagas (mensuales más dos extras).

Según datos del IMSERSO, la mayoría de los solicitantes son personas que han desarrollado trabajos informales o labores de cuidado no remuneradas, especialmente mujeres mayores sin historial laboral formal.

¿Qué pasa si convives con otras personas?

Uno de los aspectos más relevantes es que los ingresos del solicitante no se analizan de forma aislada, sino que se consideran los ingresos de todos los miembros de la unidad de convivencia, si los hay. Es decir, si vives con familiares, ya sean hijos, hermanos, nietos, sus ingresos pueden limitar tu acceso o reducir la cuantía de la pensión.

Por ejemplo, si convives con un hijo que gana más de 12.000 euros anuales, el acceso a esta ayuda podría denegarse. En cambio, si se demuestra que no hay dependencia económica directa o que la convivencia no implica manutención mutua, puede admitirse.

¿Es compatible con otras ayudas?

  • En general, no es compatible con pensiones contributivas o rentas superiores al umbral establecido, pero sí puede complementarse con otras ayudas sociales, como pueden ser las prestaciones por dependencia, ayudas para alquiler o bonificaciones municipales como el IBI, al transporte, los suministros...

La clave es no superar los límites de renta personal y familiar establecidos cada año, que en 2025 son:

  • 7.200€ anuales si se vive solo
  • 13.439,86€ si se convive con una persona
  • 18.973,92€ si conviven tres