El Constitucional anula parte de la sentencia que sacó a Alberto Rodríguez de su escaño en el Congreso

  • Ione Belarra, secretaria general de Podemos al conocer la sentencia del Constitucional ha dicho que "a Alberto Rodríguez le quitaron su escaño en el Congreso por ser de Podemos”

  • El Tribunal Constitucional ha anulado parcialmente la sentencia dictada por el Supremo en 2021 por lo que considera se vulneraron sus derechos fundamentales

  • El Tribunal Constitucional considera que Alberto Rodríguez, entonces parlamentario de Podemos no debería haber sido condenado a prisión, por lo que no habría perdido su escaño

El Tribunal Constitucional (TC) ha estimado el recurso de amparo presentado por el ex diputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez contra la condena que le impuso el Tribunal Supremo (TS) por propinarle una patada a un policía durante una manifestación que tuvo lugar en 2014 en La Laguna (Tenerife). La corte de garantías considera que el parlamentario de Podemos no debería haber sido condenado a prisión, con lo que no habría perdido su escaño en el parlamento.

El Tribunal Constitucional ha anulado parcialmente la sentencia dictada por el Supremo en 2021 que dejó al entonces diputado de Podemos fuera del Congreso. Contra la sentencia del TS, ha considerado que durante el proceso judicial se vulneraron sus derechos fundamentales.

La sentencia ha sido aprobada por siete votos a cuatro. Lo ha acordado el Pleno con el apoyo de la mayoría progresista --de siete magistrados frente a cuatro--, según fuentes jurídicas.

La corte de garantías ha acogido así la segunda ponencia redactada por la magistrada progresista María Luisa Segoviano sobre el amparo solicitado por Rodríguez frente a la sentencia del TS al entender que durante el proceso judicial se vulneraron sus derechos fundamentales.

El Supremo condenó a Rodríguez a la pena de prisión de un mes y quince días como autor de un delito de atentado a agente de la autoridad con la pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

El alto tribunal sustituyó la pena de prisión por una multa de 90 días con cuota diaria de 6 euros (en total, 540 euros), si bien aclaró que este reemplazo de la pena principal no afectaba a la pena accesoria, que fue la que finalmente dio lugar a que Rodríguez perdiera su asiento en el Congreso de los Diputados.

En una primera ponencia, que fue analizada el pasado octubre, Segoviano propuso amparar a Rodríguez esgrimiendo que las consecuencias de la condena dictada por el Supremo fue desproporcionada al provocar que el ex dirigente 'morado' perdiera su puesto en la Cámara Baja.

La mayoría progresista del TC estuvo de acuerdo con Segoviano en la necesidad de amparar a Rodríguez, pero no en los motivos, por lo que la ex presidenta de la Sala de lo Social del TS decidió retirar su texto para ajustarlo al criterio mayoritario.

Este nuevo Pleno ha llevado una segunda ponencia --la finalmente aprobada-- en la que se mantiene su propuesta de amparar a Rodríguez con un razonamiento distinto. En concreto, expone que la operación jurídica que hizo el Supremo fue incorrecta porque al sustituir la pena de cárcel por multa ya no era posible mantener la pena accesoria, esto es, la inhabilitación que propició su salida del Congreso de los Diputados.

Alberto Rodríguez impugnó la retirada de su escaño

Rodríguez también impugnó el acuerdo adoptado el 22 de octubre de 2021 por la presidenta de la Cámara Baja, Meritxell Batet, para retirarle el escaño después de que el Supremo le condenara. Sin embargo, el TC no ha entrado ahora en este asunto, que queda pendiente.

Además, el ex diputado de Podemos lleva desde enero de 2022 a la espera de que el TC conteste a una medida cautelar, con la que buscaba que se le devolviera el acta de diputado, que planteó al mismo tiempo que pidió amparo al Constitucional.

La Fiscalía del Tribunal Constitucional apoyó amparar al político canario por la retirada del escaño, no así en la impugnación contra el fallo del alto tribunal.

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