La Audiencia de Madrid suspende la entrada en prisión del Pequeño Nicolás: solo tendrá que pagar una multa de 1.800 euros

Los delitos cometidos por el Pequeño Nicolás ocurrieron entre 2012 y 2014
Francisco Nicolás fue condenado por falsificar documentación y hacerse pasar por altos cargos de la administración
La Audiencia Provincial de Madrid ha suspendido el ingreso en prisión de Francisco Nicolás Gómez Iglesias, conocido como el Pequeño Nicolás. El joven que fue condenado por varios delitos descubrimiento y revelación de secretos por funcionario público solo tendrá que pagar una multa de 1.800 euros y no volver a delinquir en un periodo de cuatro años.
La Audiencia Provincial concede a Gómez Iglesias el beneficio de la suspensión de condena, según la resolución, a la que ha tenido acceso EFE. El Pequeño Nicolás ya había conseguido que el Tribunal Supremo rebajara su condena por la denominada "mafia policial", a dos años y un mes de cárcel como inductor de un delito de descubrimiento y revelación de secretos cometido por funcionario público y como autor de un delito de cohecho activo, al aplicarle una atenuante de dilaciones indebidas muy cualificada.
El Supremo rebajó la condena impuesta inicialmente por la Audiencia Provincial de Madrid, de un total de cuatro años y tres meses de prisión para Gómez Iglesias. La justicia, sin embargo, parece comprensiva con el Pequeño Nicolás, que también fue absuelto por el Alto Tribunal por ser inductor de un delito de violación de secretos oficiales, y la misma suerte corrió el también excoordinador de seguridad municipal, Emilio García Grande.
Los delitos cometidos por el Pequeño Nicolás ocurrieron entre 2012 y 2014
En el último auto sobre su caso, fechado a 26 de junio, la Audiencia Provincial apunta que las penas impuestas a Gómez Iglesias "individualmente consideradas están dentro del límite máximo previsto" de 24 meses para la entrada en prisión, por lo que apuesta por valorar "la procedencia de concederle el beneficio de la suspensión".
La Audiencia argumenta que los hechos que dieron lugar a las condenas fueron cometidos "el 1 de septiembre de 2012 y el 13 de octubre de 2014", y que Gómez Iglesias "respondía a un mismo patrón criminógeno y marco espacio temporal, y que responde a un conjunto de conductas concentradas en un mismo período vital", sin que haya cometido delitos con posterioridad.