El TSJ del País Vasco rechaza prorrogar el pasaporte covid: no considera justificada su eficacia y su necesidad

  • El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco rechaza prorrogar el pasaporte covid hasta el 13 de febrero en la comunidad autónoma

  • El TSJPV considera que el Ejecutivo vasco no ha justificado su eficacia para evitar contagios

  • La decisión conlleva que también se rechaza la aplicación del certificado covid en hoteles y alojamientos turísticos, como quería el Gobierno vasco

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco rechaza prorrogar la exigencia del pasaporte covid covid hasta el 13 de febrero en toda la hostelería, eventos, gimnasios, y para las visitas a hospitales, residencias o prisiones de Euskadi. Lo decide así al considerar que el Gobierno vasco no ha justificado su eficacia para evitar contagios y, en consecuencia, rechaza también su aplicación en hoteles, alojamientos turísticos y salones de juego y apuestas, como pretendía el Ejecutivo.

Pese a que el País Vasco, haciendo caso a todas esas voces expertas que piden prudencia en la relajación de las medidas con el paulatino descenso de la sexta ola del coronavirus, ha apostado por la prudencia, esta decisión de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJPV, previa deliberación, supone un golpe para estas pretensiones.

El TSJPV insiste: no se ha justificado la eficacia del pasaporte covid y no se autoriza su prórroga

En el auto dictado este martes se deniega la autorización solicitada por el Gobierno Vasco para prolongar en el tiempo el requerimiento del certificado covid digital en la comunidad autónoma. El alto tribunal vasco indica que el Ejecutivo debería haber "justificado la eficacia y necesidad de la medida, con un esfuerzo de motivación mayor que el que ha realizado al presentar una solicitud casi idéntica a las anteriores que soslaya las nuevas circunstancias acreditadas".

"No habiéndolo hecho, ha de entenderse que la solicitud de autorización judicial de prórroga de la medida no supera el triple juicio de proporcionalidad, necesidad y fundamentalmente de idoneidad, al no justificar precisamente la eficacia de la medida, a día de hoy, para evitar o reducir de manera apreciable los contagios. En consecuencia la medida solicitada no puede autorizarse" asegura.