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Participar en la Lotería de Navidad es una tradición para millones de personas en España cada 22 de diciembre. Pero no todos pueden hacerlo legalmente. Hay muchos españoles que tienen prohibido jugar, o cobrar premios, en este sorteo organizado por SELAE, según la normativa vigente. 

Personas menores de 18 años

La norma más conocida es que los menores de 18 años tienen vetado participar en los juegos de SELAE, lo cual incluye el sorteo navideño. Según la página oficial, “los juegos de SELAE están destinados a las personas mayores de 18 años” y la ley 13/2011 establece la prohibición de jugar a menores. 

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Esta restricción afecta tanto la compra del décimo como la posibilidad de cobrar un premio, y se aplica a cualquier juego, incluido, por supuesto, el Sorteo Extraordinario de Navidad. Por tanto, cualquier persona que no tenga todavía los 18 años está automáticamente excluida.

Personas legalmente incapacitadas

Otro grupo al que no está permitida la participación directa son aquellas personas que han sido declaradas incapacitadas legalmente para la toma de decisiones relacionadas con sus bienes o con su representación legal. Así, aquellas personas legalmente incapacitadas no pueden participar ni reclamar premios en la Lotería de Navidad. En estos casos, sus tutores legales son quienes deben hacerlo en su nombre. 

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En definitiva, una persona incapaz legalmente no puede adquirir ni cobrar un boleto propio, pero sí que puede hacerlo quien sea su tutor legal.

Personas incluidas en listas de exclusión o con prohibición judicial

La normativa del juego también contempla que un individuo que haya solicitado voluntariamente su exclusión del juego, o que tenga una resolución judicial que prohíba su participación, no pueda jugar. Por ejemplo, las personas con adicción al juego pueden pedir ser incluidas en una lista de exclusión voluntaria… Si existe una resolución judicial que prohíbe a alguien jugar, está impedido de hacerlo y de cobrar. Por lo tanto, quienes han sido sujetos de esta prohibición no pueden participar.

Personas vinculadas a la organización del sorteo

Finalmente, hay un apartado menos difundido pero relevante: los directivos, ejecutivos o familiares (hasta segundo grado) vinculados a SELAE o a la entidad organizadora del sorteo no pueden participar en el mismo evento que ellas gestionan. Se trata de una restricción que tiene por objetivo evitar conflictos de interés y preservar la integridad del sorteo.

¿Qué hacer si estás en uno de estos grupos?

Si por alguna de estas causas no puedes jugar, lo responsable es no hacerlo y, en caso de cobrar un premio erróneamente, saber que podrá ser revocado por la entidad organizadora. Las administraciones de lotería están obligadas a verificar edad, identidad y capacidad legal del comprador. SELAE señala que los canales online controlan que “si eres menor de 18 años no te permiten registrarte y por tanto jugar”. 

Si tienes dudas razonables sobre tu situación legal, ya sea por incapacidad, exclusión, vinculación organizativa, es recomendable consultar con una administración o leer la normativa de la Ley 13/2011 de Regulación del Juego.

Participar en el Sorteo de Navidad puede seguir siendo una ilusión de esas que cargan las pilas incluso en los peores momentos. Sin embargo, esa ilusión no debe suprimir el cumplimiento de la norma. Si estás en la lista de personas que no pueden jugar, lo mejor es abstenerse y que alguien legalmente habilitado adquiera el décimo. Así se evitan sanciones, problemas con el cobro del premio o pérdida de la ilusión.