Así son las multas exprés de la DGT: estos son los conductores que ya no tienen escapatoria
La DGT pone en marcha una agilización en el proceso de notificación de las multas de tráfico, pudiendo llegar al infractor en tan solo dos días.
Para acceder a este servicio y poder tener beneficios como el descuento por pronto pago hay que darse de alta en la Dirección Electrónica Vial.
La infracción por la que la DGT ha multado con 200 euros a más de 6.000 personas en una semana
Teniendo en cuenta que en 2024 aumentaron nuevamente los datos de los conductores fallecidos en las carreteras españolas en un 1% (1.154 personas, 14 más que en 2023) y también subió un 3% el número de heridos graves a causa de accidentes de tráfico, con un total de 4.634 personas, la Dirección General de Tráfico trata de tomar medidas, entre ellas más dispositivos sancionadores y radares. El aumento en las sanciones podría llegar a colapsar el sistema, pero el organismo que dirige Pere Navarro se ha sacado de la manga las llamadas multas exprés. Contamos en qué consiste y qué beneficios tienen incluso para el conductor.
Multas exprés: notificadas en 48 horas
Pere Navarro, director de la Dirección General de Tráfico, ha sido el impulsor de una nueva medida con la que el organismo sancionador pretende agilizar el proceso de gestión y notificación de las sanciones de tráfico. Con el nombre de “multas exprés”, estas sanciones pretenden que el pago se realice cuanto antes: “ el tiempo entre la comisión de la infracción y la comunicación de la sanción ha pasado de 52 días a 7 e incluso a 2, si la notificación es a través de la Dirección Electrónica Vial”. El jefe de la DGT pretende “tener una fiscalización robusta, con un procedimiento sancionador, claro, sencillo para el ciudadano y eficaz; en el que los plazos de notificación de la infracción sean cortos para que las sanciones tengan ese carácter pedagógico que provoque en el infractor un cambio de comportamiento”.
Este sistema tiene sus ventajas para el organismo regulador del tráfico en gran parte de España (a excepción de Cataluña, País Vasco y próximamente Navarra), pero también tiene su utilidad para el usuario. Al recibir en poco tiempo la comunicación de la sanción, el conductor multado puede iniciar antes tanto los trámites para recurrir una multa, como realizar el pago reducido del importe de la sanción. Hay que recordar que, por norma general, se da a los conductores la opción de pagar el 50% de la cuantía de la multa si esto se realiza en los 20 días naturales siguientes a la recepción de la notificación de la misma. Si nos avisan antes por vía telemática, no solamente no tenemos que estar pendientes de revisar el buzón de correo a ver si el cartero nos la trae o no, sino que podemos liquidarla cuanto antes aprovechando el pronto pago.
Si se opta por inscribirse en la Dirección Electrónica Vial para poder recibir estas multas exprés, el usuario que ha recibido la notificación de sanción tiene 10 días naturales para leerla. En este plazo, cuando nos decidamos a abrirla, quedará registrada la confirmación de lectura de la notificación y comenzará a correr el tiempo para pagarla o recurrirla. Además de esta agilización del proceso, también la DGT destaca el carácter ejemplarizante del nuevo sistema. El conductor infractor tiene constancia antes de su falta mucho antes de tiempo y, de este modo, sabrán del error que han cometido al volante mucho antes, favoreciendo el evitar incurrir de nuevo, lo cual tiene su traducción tanto en la seguridad vial, como en no volver a recibir otra multa por el mismo motivo antes siquiera de haber sido notificado de la primera infracción.
Alta en la Dirección Electrónica Vial (DEV)
Como decíamos anteriormente, si queremos buscar la mayor efectividad a la hora de conocer las sanciones de tráfico que nos han puesto, lo suyo es darse de alta en la llamada Dirección Electrónica Vial (DEV). Se trata de un buzón electrónico en el puedes recibir las comunicaciones y notificaciones de la Dirección General de Tráfico, entre ellas las multas que han comenzado a gestionarse a tus vehículos o a tu persona. Este buzón también está conectado con otros organismos sancionadores como ayuntamientos o la Guardia Civil.
Para iniciar este trámite, deberemos dirigirnos al apartado 'Alta, modificación y baja en DEV' de la Sede Electrónica de la DGT. Una vez dentro, debemos identificarnos usando algún tipo de acreditación digital, como certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN. Si todo es correcto, debemos ingresar en el formulario nuestro nombre y apellidos, además de DNI (datos que deberían estar ya volcados por el método de identificación) y rellenar los apartados de correo electrónico y teléfono móvil. El usuario puede registrar hasta tres cuentas de correo electrónico siempre que estén separadas por punto y coma entre ellas, pero únicamente un número de teléfono. En caso de aviso de alguna notificación que llegue a la DEV, será avisado simultáneamente en todos los métodos de contacto que se hayan incluido.
Una vez que se ha gestionado el alta en el servicio de la Dirección Electrónica Vial, hay que recordar que esta sustituye el aviso en persona. Por tanto, si tus datos ya figuran en la base de datos de la DEV, únicamente recibirás notificaciones a través de este canal, ya nunca más a través de correo ordinario a no ser que canceles tu suscripción.