Nuevas sanciones de hasta 200€ por ir en patinete sin casco o por zonas prohibidas
Los usuarios de patinete eléctrico y otros VMP tienen las mismas obligaciones de uso de casco y evitar móvil y auriculares que cualquier otro vehículo de dos ruedas.
El Gobierno activa el registro obligatorio de patinetes eléctricos para poder contratar su seguro
En los últimos años, si ha habido una tendencia de movilidad que ha pegado fuerte, ha sido el auge de los Vehículos de Movilidad Personal, entre ellos el patinete eléctrico. Lo que antaño era un juguete más propio de la temprana edad, se ha convertido en una alternativa de movilidad urbana que, a medida que ha ido ganando peso y presencia en nuestras calles, también ha requerido de una legislación de tráfico que fuera regulando su uso correcto en favor de la seguridad vial.
Multas de la DGT a los usuarios de patinete sin casco
A comienzo de este año, entraron en vigor o se endurecieron ciertas normativas relativas a los patinetes eléctricos. Por ejemplo, en la reforma más reciente de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial se estableció la obligación a los conductores de VMP de utilizar casco de protección. Así queda establecido en el artículo 47, que dice que “el conductor de un vehículo de movilidad personal estará obligado a utilizar casco de protección en los términos que reglamentariamente se determine”. Como la circulación solamente está permitida en vías urbanas, la DGT está trabajando en este desarrollo normativo de forma conjunta con los ayuntamientos, que son quienes tendrán la competencia en materia sancionadora.
Tomando como ejemplo el marco regulador de la Dirección General de Tráfico, que pueden equiparar o no los diferentes ayuntamientos, circular en patinete sin casco es una infracción grave (según el artículo 76.h) exactamente equivalente a la de circular sin cinturón de seguridad, casco y demás elementos de protección en vehículos a motor o circular sin utilizar el casco de protección en las vías urbanas, interurbanas y travesías para los ciclistas, que son los otros supuestos con los que comparte el citado artículo 47. Las infracciones graves son castigadas por norma general con multa de 200 euros. En este caso, no conllevaría pérdida de puntos al no ser necesaria una licencia de conducción para llevar estos vehículos ligeros, así que, aunque también tengas carnet de conducir, su saldo quedaría igual.
No vayas en patinete por donde no debas
Otra de las multas más habituales con las que son castigados los conductores de patinete eléctrico es aquella que hace referencia a la circulación por zonas prohibidas. Hay que recordar que está prohibido circular en aceras, en túneles urbanos y en carreteras, tanto en vías convencionales, como en travesías, autovías y autopistas. De este modo, la circulación se tiene que realizar solamente en calzada de zonas urbanas y evitando pasar por cualquier túnel, aunque se considere urbano. Por supuesto, si vas a cruzar un paso de peatones, no debes hacerlo como conductor, sino como peatón, por lo que deberías bajarte del patinete siempre que vayas a cruzar por uno. Tampoco podrán circular donde se haya instalado una señal R-118.
Como en el caso anterior, la circulación de un Vehículo de Movilidad Personal en espacios no permitidos para su uso puede llegar a ser considerada una infracción grave, dependiendo de la peligrosidad del comportamiento ilegal y puede suponer una sanción de hasta 200 euros para el conductor del mismo, responsable de sus actos ante la entidad local que regule el tránsito urbano o la propia Dirección General de Tráfico si alguien se ha saltado las fronteras urbanas y ha accedido a vías interurbanas, un enorme peligro para el conductor del patinete y el resto de usuarios de la vía al ser considerados los supuestos 25 km/h de velocidad máxima del VMP una velocidad anormalmente reducida.
Otras sanciones que cuestan al infractor 200 euros son usar el teléfono móvil o cualquier otro dispositivo de comunicación mientras se conduce un patinete, un comportamiento que pone en peligro a los usuarios de la vía e incluso a los peatones circundantes y sobre el que la DGT está especialmente vigilante en todo tipo de vehículos al ser las distracciones principal causa de siniestralidad (junto con el exceso de velocidad). Otros comportamientos peligrosos como usar auriculares mientras se conduce o circular durante la noche sin alumbrado o prendas reflectantes también acarrean multa de 200 euros.
Estas, sin embargo, no son las sanciones más elevadas que puede llevar una multa a un conductor de patinete eléctrico. Como el resto de conductores, los usuarios de un VMP tienen prohibido conducir bajos los efectos del alcohol y/u otras drogas, al distorsionar estas sustancias las capacidades de conducción plena. En el caso de encontrarse con un control de alcoholemia o estupefacientes, al que pueden tener la obligación de someterse al ser en ese momento conductores de un vehículo, independientemente del tipo (sus conductores están sometidos a las mismas tasas máximas de alcohol permitidas por la Ley de Seguridad Vial), y dar positivo, las posibles sanciones son las siguientes: multa entre 500 y 1.000 euros en función de la tasa de alcohol o de 1.000 euros si se trata de drogas (además de la inmovilización del patinete).