Desolación de la familia de las víctimas porque el Supremo no repite el crimen de Almonte
El jurado popular lo declaró no culpable. La madre y abuela de las víctimas no pudo soportarlo y le gritaba asesino en la sala. Francisco Javier Medina salió del juzgado entre aplausos. Después de tres años abrazaba a su madre ya en libertad. Pero Medina tuvo que esperar a la decisión del Tribunal Superior Justicia de Andalucía. Otro varapalo para la familia de las víctimas, otra alegría para él porque a pesar de las "dudas sobre lo realmente sucedido en el crimen de Almonte", los jueces dijeron que no podían anular la sentencia que lo absolvió. La motivación de los jurados era válida dijeron. Otro golpetazo judicial para Marianela que vivía con la culpa de haberse enamorado del presunto asesino y con el desprecio de medio pueblo de Almonte. Machistas y despreciables vecinos la dilapidaron con sus insultos porque había traicionado a los asesinados, su marido y su hija. Eso decían. Otros porque creían que para defender a Medina era obligatorio machacarla. Ella se alejó del pueblo y no se rindió a pesar del “desprecio” del TSJA. Y acudió al Supremo. Fue entonces cuando vio algo de luz. Porque la Fiscalía del Supremo se empleó a fondo y revisó el juicio con lupa. Recriminó a Tribunal Superior porque “inventó argumentos y hechos”, para defender a un juez y a un jurado popular que dejó libre a Medina “con un veredicto que es un auténtico despropósito”. Los jurados habían despreciado el informe científico de los restos de piel de sospechoso hallados en unas toallas “porque se limpió las manos tras el crimen”. El jurado se creyó el informe de un perito pagado por la defensa que ilustró al jurado con la teoría de la dispersión del semen en una lavadora, cuando no era semen. Creyeron que el ADN del presunto asesino había llegado a las toallas porque Marianela lo llevaba impregnado en su cuerpo, en sus manos, en su ropa. Y había lavado las toallas con su ropa. Tampoco era cierto, dijo ella. No mezclaba las toallas con la ropa. No la creyeron. La Fiscalía sí. El jurado popular tampoco había creído a 6 testigos que no vieron a Medina en el supermercado y sí se fiaron de la nueva declaración de la que fue antes que Marianela novia de Mediana; la única que dio coartada completa al acusado. No habían creído a los dos testigos que le situaban cerca de la vivienda de los asesinados. No había creído las pruebas que la UCO presentó. Pero Medina, dijo el fiscal del Supremo, tuvo 22 minutos para cometer los crímenes; 100 puñaladas a María, la hija de su amante, y 40 a Miguel Ángel todavía marido de Marianela. Pero la sala del Supremo que ha debatido sobre repetir el juicio o no, considera que las dos sentencias realizaron una valoración racional de la prueba practicada en el juicio oral. El Tribunal recuerda que es competencia del juzgado realizar la valoración de la prueba y explica que esta Sala, al no haber estado en el juicio oral, no puede realizar la "revalorización” de la misma que plantea la impugnación, “puesto que solo el tribunal que ha presenciado las pruebas puede valorarlas”. Así de claro y escueto. El Supremo da cerrojazo al crimen de Almonte.
El Supremo se alinea con el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, alejándose de su propia Fiscalía: "La convicción podía haber sido acorde al hecho sostenido por la acusación, pero la función valoradora de la prueba corresponde al Jurado y su convicción se asienta en criterios de racionalidad que se expone: valoración de la pericia con identificación del ADN del acusado que pudo ser obtenido de la ropa de baño a través de la transferencia de la mujer del fallecido, y valoración de una testifical que con asertividad sostiene la presencia del acusado en el centro comercial en un tramo horario que hace difícilmente compatible con su presencia en la vivienda del fallecido". Significa que el jurado, el TSJA y el Supremo no descartan la posibilidad de una transferencia para explicar la presencia de ADN del acusado en la ropa de baño porque lo sugiere el informe de la defensa y según ellos no se rechaza categóricamente en la pericial del Instituto Nacional de Toxicología. Esto es matizable y habría que preguntarle a los peritos porque la jueza de instrucción mantuvo a Medina en prisión años porque él recurría los informes del ADN y la jueza, cada vez pedía uno nuevo al Instituto de Toxicología, el resultado era cada vez más claro y más preciso, nada de ambigüedad.
El Supremo además considera racional creer más a la ex novia del acusado y su compañera y amiga de la carnicería del supermercado que lo sitúan a la hora del crimen, aunque antes en declaraciones con los agentes de la guardia civil y juzgado, no lo protegieron con la misma vehemencia. De hecho, según los investigadores, influyó mucho en el cambio que nada más cometerse los crímenes, Marianela y Medina siguieron juntos, porque ella no se podía creer que fuera su novio el autor de la muerte de su hija y su marido. En esas declaraciones la ex novia de Medina, era una ex novia “enfadada” dijeron los guardias. Marianela abrió los ojos el día que la UCO le dijo que no se fuera a vivir con Medina porque le iban a detener. A partir de ahí Marianela lo rechazó y las relaciones de todos cambiaron. Los jueces del Supremo aunque parezca mentira dicen que “la falta de veracidad de una testigo, la existencia de un interés de protección por parte de otro testigo, o sus malas relaciones con la familia del fallecido” no es suficiente cuestionamiento para poner en duda dos testigos frente a seis que no le vieron a partir de una hora.
Traduciendo al Supremo lo que dice es que la valoración del Jurado, expresada en la motivación del veredicto y de la sentencia en la que por encima de las dudas está el “in dubio pro reo y el derecho fundamental a la presunción de inocencia que obliga a la absolución en caso de existencia de una duda que afirma el contenido del derecho a la presunción de inocencia”. En caso de duda, absolución. El crimen de María de 8 años y su padre Miguel Ángel sigue sin culpable.