Dentista de la Seguridad Social: ¿Qué tratamientos cubre en España?

El dentista de la Seguridad Social cubre servicios básicos y necesarios como pueden ser infecciones, inflamaciones o extracciones de piezas no sanas. Sin embargo, por ahora al menos, las ortodoncias o los implantes que suelen realizarse por motivos estéticos no están incluidos, aunque el Gobierno anunció en su momento que quería incluir estos tratamientos más complejos para evitar estafas de clínicas privadas.

En el caso de los niños, los servicios que cubre la Seguridad Social dependen de cada comunidad autónoma, al igual que en las limpiezas bucales. Lo que sí es importante recalcar es que las urgencias como infección, traumatismo u otra patología grave, así como la atención a embarazadas, sí los cubre la Seguridad Social.

Qué servicios cubre el dentista de la Seguridad Social

  • En el caso de los niños, el dentista de la Seguridad Social cubre las medidas preventivas y asistenciales: aplicación de flúor tópico, obturaciones, sellados de fisuras u otras. Es decir, las limpiezas necesarias están incluidas, así como empastes y revisiones en niños.
  • Tratamiento de procesos agudos odontológicos como infecciones e inflamaciones. Por ejemplo, los abscesos dentales.
  • Traumatismos oseodentarios. Estos son, las lesiones severas en los dientes, los huesos y/o el tejido blando (encías, lengua, paladar, etc.), que son generadas por golpes o impactos.
  • Heridas y lesiones en la mucosa oral, como la leucoplasia oral, la candidosis oral o el liquen plano
  • Patología aguda de la articulación témporo-mandibular, que es la que une la mandíbula con los huesos del cráneo, esencial en la masticación y el habla.  
  • Exploración preventiva de la cavidad oral a mujeres embarazadas. Entre otras, aplicación de flúor tópico de acuerdo a las necesidades individuales.
  • Orientación en hábitos de higiene.

¿Qué tratamientos no están incluidos?

  • Tratamiento reparador de la dentición temporal.
  • Tratamientos ortodóncicos.
  • Exodoncias de piezas sanas.
  • Tratamientos con finalidad exclusivamente estética.
  • Los implantes dentarios solo se financian para pacientes con procesos oncológicos que afectan a la cavidad oral que impliquen la pérdida de dientes relacionada directamente con la patología o su tratamiento, y pacientes con malformaciones congénitas que cursan con anodoncia.