Las nuevas medidas de Cantabria frente al coronavirus: cierre de locales de ocio nocturno a las 2.00 horas

  • Los locales no podrán dejar entrar clientes a las 1.30 horas

  • Se hará un registro de las personas que entren, con nombre y teléfono

Las nuevas medidas para reducir los brotes de coronavirus en Cantabria, como el cierre de locales nocturnos a las 2.00 horas, la reducción de los grupos a 15 personas o el registro de clientes en algunos establecimientos, entrarán en vigor la medianoche de este sábado al domingo.

Estas nuevas restricciones están recogidas en una resolución, que publica esta tarde de viernes un Boletín Oficial de Cantabria extraordinario, que supone la segunda modificación de la resolución aprobada el 18 de junio por la Consejería cántabra de Sanidad para el periodo de nueva normalidad tras el estado de alarma.

La primera modificación, aprobada el pasado 15 de julio, supuso la obligatoriedad del uso de las mascarillas en Cantabria exista o no distancia social de 1,5 metros.

En este segundo cambio de las medidas para evitar contagios, se fija que a partir de las 00.00 horas de este sábado al domingo, las discotecas, salas de fiestas, cafeterías, restaurantes, bares y otros establecimientos hosteleros no podrán dejar entrar clientes a las 1.30 horas y tendrán que cerrar sus puertas media hora más tarde, a las 2.00.

Los hoteles, alojamientos turísticos, peluquerías, centros de belleza, gabinetes de estética, salones de manicura, pedicura y depilación, las saunas y los gimnasios tendrán que contar con un registro de las personas que accedan a ellos y disponer de la fecha y hora del acceso y el nombre, los apellidos y el teléfono de contacto del usuario.

La resolución de Sanidad señala que esos datos deberán conservarse durante un mes tras el acceso y, tras ese tiempo, podrán ser cancelados.

Además, ese registro solo estará a disposición de la Dirección General de Salud pública para facilitar el rastreo y seguimiento de contactos de casos positivos, probables o posibles, con la covid-19.

Las reuniones de grupos de personas, que hasta ahora podían ser de 25, no podrá exceder a partir del sábado a medianoche de las 15, excepto en el caso de que convivan en el mismo domicilio.

Esa reducción del número de personas reunidas no es de aplicación para las medidas destinadas a diversas actividades, a las que se fijaron aforos, como velatorios, lugares de culto, bodas, centros y parques comerciales o mercadillos, entre otros.

La resolución publicada esta tarde precisa que estas nuevas medidas se adoptan por la trascendencia que tiene para Salud Pública disponer con "rapidez" de datos para estudiar los casos, en el caso del registro de clientes que se pide ahora a determinados establecimientos.