Los pediatras advierten: no emitirán dispensas de asistencia a los colegios para los niños

  • Muchos padres están solicitando justificantes médicos a los pediatras

  • Los médicos no tienen obligación de emitir dispensas de escolarización

  • Dezsde salud recuerdan que la escolarización es obligatoria desde los seis años

Asociaciones de pediatras de la Comunitat Valenciana han alertado del aumento de consultas en atención primaria de padres o tutores de menores que están solicitando justificantes médicos para la dispensa de asistencia presencial al centro educativo y advierten de que no emitirán dichos documentos.

En un comunicado conjunto recuerdan que la normativa publicada en relación con la crisis sanitaria ocasionada por la covid-19 no contiene hasta el momento disposición alguna que imponga a los médicos de la sanidad pública la obligación de emitir informes de dispensa de escolarización de los niños ni que describa situaciones médicas que la justifiquen.

Firman el escrito la Asociación Valenciana de Pediatría de Atención Primaria (AValPap), la Asociación de Pediatría Extrahospitalaria de la Provincia de Alicante (APEPA), la Sociedad Valenciana de Pediatría y la Sociedad Española de Pediatría Extrahospitalaria y Atención Primaria (SEPEAP).

Señalan que el artículo 4 de la Ley 1/1994, de Salud Escolar de la Comunidad Valenciana, establece los supuestos de informe de escolarización que obligatoriamente deberán cumplimentar los equipos de Atención Primaria, y la orden de 27 de febrero de 2002, de la Consellería de Sanidad, establece el Informe de Salud del Escolar como documento sanitario de utilización obligatoria para el acceso a un centro escolar o para el inicio de etapa educativa.

Asimismo recuerdan que la escolarización, en los términos previstos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, es obligatoria en los niveles de educación primaria y secundaria, correspondiendo a la autoridad competente establecer las medidas que sean pertinentes para los alumnos con necesidades o situaciones especiales.

Del mismo modo, indican que el derecho del paciente a obtener certificados acreditativos de su estado de salud, conforme el artículo 47.3 de la Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de Salud de la Comunitat Valenciana, no obliga a los pediatras y médicos de atención primaria a emitir juicios de valor sobre la aptitud de los pacientes pediátricos sobre su escolarización, obligatoria a partir de los seis años.

Tampoco establece la obligación de los pediatras a emitir informes o certificados con una finalidad predeterminada, en este caso para obtener una exención a la presencialidad en las aulas.

Por todo ello, los pediatras de la Comunidad Valenciana advierten de que "no emitirán informes para la dispensa de asistencia a centros escolares".