Sanidad publica la orden con las nuevas restricciones de aplicación en 48 horas, que le enfrentan a Madrid

  • La Comunidad de Madrid considera que no tiene validez

  • Illa dijo que la orden se tomó de forma consensuada por la mayoría

  • Madrid, Galicia, Andalucía, Cataluña, Ceuta y Murcia votaron en contra

El Ministerio de Sanidad ha publicado la orden con las nuevas restricciones para frenar la expansión del coronavirus, que le enfrentan a la Comunidad de Madrid. Las nuevas restricciones, que a día de hoy solo afectarían a la región que dirige Isabel Díaz Ayuso, serán de obligado cumplimiento en un plazo máximo de 48 horas.

Esta orden ministerial fue aprobada ayer en el Consejo Interterritorial de Salud, según el ministro de Sanidad, Salvador Illa, por "consenso". No obstante, las Comunidades gobernadas por el PP votaron en contra, también el Ejecutivo madrileño.

Esta orden supone una serie de nuevas restricciones en Madrid y las grandes ciudades con mayor impacto de coronavirus, que será de obligado cumplimiento desde que se notifique a las CCAA o en en un plazo de 48 horas si estas tienen que adoptar, algún acto o disposición, recoge la orden ministerial. "Este acuerdo será de obligado cumplimiento para todas las comunidades y ciudades autónomas integrantes del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud", señala el BOE, incluidas las que han rechazado las medidas, como Madrid, Andalucía, Cataluña, Galicia y Ceuta. Murcia, también gobernada por el PP, se abstuvo.

La orden recoge: “Las comunidades autónomas de Cataluña, Galicia, Andalucía, Comunidad de Madrid y la ciudad autónoma de Ceuta han formulado voto particular negativo a este Acuerdo y la Región de Murcia ha formulado voto particular de abstención a este Acuerdo. Conforme al segundo párrafo del artículo 151.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dado que este Acuerdo viene referido a un ámbito material en el que la Administración General del Estado tiene atribuidas funciones de coordinación general de la sanidad, de acuerdo con el orden constitucional de distribución de competencias, este Acuerdo será de obligado cumplimiento para todas las comunidades y ciudades autónomas integrantes del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, con independencia del sentido de su voto”.

La Comunidad de Madrid ya anunció ayer que no acataba esta orden y que estudiaba recurrir el acuerdo porque considera que no tiene validez jurídica. El consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, dijo que “no hay lealtad por parte del Gobierno de España, tiene prisa por intervenir Madrid”.

Hoy la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, ha anunciado en una entrevista que estudia acciones legales porque considera el plan de Sanidad es una "intervención" de la Comunidad bajo el paraguas de un falso consenso.

Según la orden hay 11 municipios que deberán aplicar estas nuevas restricciones y casi cinco millones de ciudadanos, "con tasas de incidencia superiores a los 500 casos por 100.000 habitantes. La tasa promedio de estos municipios es de 892 casos

por 100.000 en los 14 días valorados, más de tres veces la incidencia nacional, si bien la situación de estos territorios no es homogénea en términos de capacidad diagnóstica y asistencial. Esta incidencia representa un total de 44.518 casos notificados en estos 11 municipios en un periodo de 14 días, aproximadamente un 33 % del total de casos

notificados en toda España en ese periodo", señala Sanidad.

En Madrid, los municipios afectados son: la capital, Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Móstoles, Parla y Torrejón de Ardoz.

Los parámetros para aplicar estas medidas son tener una incidencia de contagios de 500 positivos de COVID por 100.000 habitantes, un 10% de positivos en las pruebas PCR y un 35% de camas UCI ocupadas. La actual incidencia epidemiológica en España "conlleva un impacto importante en los sistemas asistenciales tanto de atención primaria como hospitalarios, que ya tienen ocupaciones de camas en unidades de cuidados intensivos del 18% a nivel nacional, con cinco comunidades autónomas que superan ya el 25 % y una por encima del 40 %". La presidenta Ayuso argumenta respecto a su nivel de ocupación de los cuidados intensivos que no se ha valorado que su región puede triplicar el número de UCI si es necesario.

Recomendaciones de la OMS

La orden afirma que “medidas similares ya fueron implementadas en el país en fases anteriores de la epidemia y se observaron útiles. Estas intervenciones son acordes con las orientaciones de la Organización Mundial de la Salud. La incidencia de COVID-19 en España en la última semana ha superado los 250 casos por 100.000 habitantes (con un rango entre las diferentes comunidades autónomas que oscila desde 107 a 784 casos por 100.000, a día 29 de septiembre), muy por encima de las tasas propuestas en la Unión Europea para países de riesgo (60 casos por 100.000 habitantes).

Sanidad insiste, que “en particular, una tasa de incidencia superior a los 500 casos por 100.000 habitantes, que duplica la considerada de alto riesgo, permite establecer un umbral significativamente elevado a partir del cual puede calificarse la situación como extrema, y da perfecta cuenta de la enorme gravedad de la propagación de la enfermedad. (…) A partir de este umbral, resulta imprescindible la adopción con urgencia de medidas de choque dirigidas a tratar de controlar en el menor tiempo posible la situación extrema generada”.

Las nuevas restricciones

En estas localidades están restringidas las entradas y salidas salvo para trabajar, ir al médico o a estudiar, entre otros asuntos urgentes. Las reuniones quedan restringidas a seis personas, en espacios públicos o pr¡vados y la hora de cierre de los bares se establecen a las 22h.

El aforo en bares (interior cerrado) y comercios es del 50%. En instalaciones deportivas es también al 50% en interior y al 60% en exterior. También se limitan los velatorios y las academias o centros de enseñanza no reglados.