Valencia de las Torres retrocede a la fase 2 y decreta aislamiento social de 14 días

  • La incidencia en la localidad pacense es mucho mayor que la del Área de Salud al que pertenece

  • Las medidas restrictivas pretenden atajar un "mayor riesgo de una transmisión comunitaria sostenida"

  • Durante 14 días, salvo excepciones, se restringe la libre entrada y salidas de personas del municipio

El municipio de Valencia de las Torres, en Badajoz, retrocede a la fase 2 de la desescalada y tendrá aislamiento social durante 14 días como consecuencia del brote de coronavirus que sacude a la región.

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado esta tarde la resolución una vez la Consejería de Sanidad ha recibido este viernes a las 14,00 horas el auto judicial que permite la aplicación de estas medidas.

En dicha resolución, que cuenta con la rúbrica del vicepresidente segundo de la Junta y consejero de Sanidad, José María Vergeles, se apunta que en Valencia de las Torres, en los últimos siete días, la incidencia de COVID-19 entre sus residentes es muy superior a la registrada en el Área de Salud de Zafra-Llerena, a la que pertenece la localidad, y a la registrada en el conjunto de Extremadura.

Un brote asociado al ámbito familiar

Los casos confirmados hasta el momento están relacionados con un brote en el ámbito social y familiar, y por eso la resolución incide en que este tipo de contactos se da con mayor frecuencia en poblaciones pequeñas, en las que dichas relaciones familiares y domiciliarias son habituales.

Ello hace, indican, que el riesgo de transmisión a otros residentes de la localidad sea “mayor” que en poblaciones de mayor tamaño, lo que a su vez conlleva un "mayor riesgo de pasar a una transmisión comunitaria sostenida".

Restricciones para frenar la propagación

En este contexto, para prevenir la propagación del virus, durante los próximos 14 días se restringe la libre entrada y salida de personas del municipio, salvo aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados.

Entre estos últimos, se permitirá la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; el cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales o empresariales; el retorno al lugar de residencia habitual; la asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas vulnerables o por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

Además, la circulación por carretera y viales que transcurran o atraviesen el territorio de la localidad estará permitida, siempre y cuando tengan origen y destino fuera del mismo.

De igual modo, se permite la circulación de personas residentes dentro del municipio afectado, si bien se desaconsejan los desplazamientos y la realización de actividades no imprescindibles.

De no cumplir con las obligaciones adoptadas en esta resolución, se advierten de importantes sanciones previstas en el decreto-ley por el que se modifica la Ley de Salud Pública de Extremadura. Además, añaden, las medidas adoptadas podrán prorrogarse en función de la situación epidemiológica.