Navidad

El coste real de las cestas de Navidad: "Hacienda la interpreta como una contraprestación ligada al trabajo"

Cesta de Navidad
El jamón, uno de los productos estrella. UNSPLASH
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La cesta de Navidad es uno de los gestos más arraigados en las empresas españolas, un símbolo de cercanía que se repite año tras año y que muchos empleados esperan con ilusión.

Sin embargo, más allá de su carácter festivo, este obsequio tiene implicaciones fiscales que a menudo pasan desapercibidas tanto para la organización como para quien la recibe.

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Hacienda no considera estas cestas como un simple detalle. El marco legal vigente las trata como una forma de retribución que tiene impacto directo sobre la nómina, las retenciones y las cotizaciones.

La cesta es una retribución en especie

La normativa española clasifica este obsequio como retribución en especie, ya que el trabajador recibe un bien con valor económico derivado de su actividad. No importa la intención emocional de la empresa, sino el efecto fiscal que genera. Esta consideración obliga a valorar el lote navideño y a integrarlo dentro de la remuneración total del empleado.

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"Aunque la cesta de Navidad sea un gesto tradicional, Hacienda la interpreta como una contraprestación ligada al trabajo, igual que cualquier otra ventaja otorgada por la empresa", explica Antonio Sas, Director General de Betterfly en España.

La valoración debe hacerse siguiendo el valor normal de mercado, equivalente a lo que costaría adquirir la misma cesta a un proveedor externo. "El valor debe determinarse por lo que costaría adquirir ese mismo lote a un tercero, y debe reflejarse en nómina de forma coherente y trazable", añade.

Retenciones y errores frecuentes en la gestión fiscal de la cesta de Navidad

Al tratarse de una retribución adicional, las empresas tienen la obligación de aplicar retenciones de IRPF. Este proceso, que parece sencillo, suele dar lugar a errores cuando no se integra adecuadamente en los sistemas internos de retribución.

Los fallos más habituales están asociados a la imputación incorrecta del valor en especie, la falta de actualización de la base de retención y los desajustes entre los modelos 111 y 190. Son errores que se multiplican cuando la entrega se produce fuera del ciclo habitual de nómina o cuando el proceso se realiza manualmente.

"Los equipos de RRHH se encuentran con errores frecuentes relacionados con la imputación del valor en especie y la actualización de las bases fiscales, especialmente cuando no existe una visión consolidada de todas las retribuciones", señala el experto.

Cómo afecta al trabajador y su declaración anual

Al sumarse a la base imponible, el valor de la cesta incrementa la retención aplicada en el mes correspondiente. "Es importante que el empleado entienda por qué aparece este concepto en nómina y cómo se integra en su declaración, ya que su impacto real suele ser menor de lo que se percibe inicialmente", apunta.

Para la mayoría de empleados, el impacto es moderado y no altera significativamente su declaración anual, aunque puede resultar más relevante cuando los ingresos son bajos o las cestas tienen un importe elevado.

Cotización a la Seguridad Social y obligaciones adicionales

La normativa exige incluir estas retribuciones también en la base de cotización a la Seguridad Social, igual que cualquier otra compensación no monetaria. La empresa debe imputar el valor en el mes de entrega y liquidarlo adecuadamente en los seguros sociales. "La documentación clara y los procesos bien definidos son esenciales para evitar ajustes posteriores o sanciones derivadas de una gestión incorrecta", explica el directivo.

¿Es un gasto deducible para la empresa?

A efectos de Impuesto sobre Sociedades, la cesta puede ser un gasto deducible, siempre que cumpla requisitos como vinculación con la actividad, habitualidad razonable y justificación documental. "Cuando el gesto es habitual y documentado, la deducibilidad no suele presentar problemas", añade el experto.

La costumbre como elemento clave ante una inspección

Demostrar la habitualidad es uno de los puntos más sensibles. La empresa puede apoyarse en políticas internas, historiales de facturación o comunicaciones reiteradas que evidencien que no se trata de un gesto aislado, sino de una práctica mantenida en el tiempo. "Cuanta más trazabilidad exista, más sencillo resulta demostrar que la entrega forma parte de una práctica consolidada y no de un hecho puntual", explica.

La importancia de comunicarlo a la plantilla

Desde el punto de vista laboral, la comunicación con los empleados es fundamental para evitar malestar. "Una comunicación clara, directa y didáctica evita malentendidos y fortalece la relación entre la empresa y su plantilla", apunta.

Explicar con antelación cómo aparecerá reflejado el concepto en nómina y cuáles son sus implicaciones fiscales evita confusiones y refuerza la confianza interna.

Las diferencias entre cestas, tarjetas regalo y cheques de compra

Aunque todos estos obsequios tributan como retribución en especie, existen diferencias. La cesta física se imputa por su valor de mercado, mientras que “las tarjetas regalo y cheques reciben especial atención de Hacienda por su similitud con dinero, por lo que deben declararse con rigor y trazabilidad". En todos los casos, deben reflejarse en nómina, retención y cotización.