"Haz lo que quieras": El WhatsApp de un jefe que convierte en improcedente un despido

  • El TSJ considera que el encargado no deniega los permisos

  • Deberán readmitirla o pagarle 20.000 euros

La Justicia considera improcedente el despido de una trabajadora que se cogió vacaciones tras ser autorizada por WhastApp. Para el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) tiene validez como conformidad de la empresa el “haz lo que quieras” que recibió en el chat.

La mujer trabajaba en la empresa como dependienta desde 2006. Era habitual pedir y confirmar las vacaciones por WhatsApp. Si eran denegadas, el empleado podía solicitarlas al superior jerárquico.

El pasado verano, según informa Economisy&Jurist, la empleada pidió por WhatsApp unos días libres para solucionar un problema con la custodia de su hija. La respuesta fue: “Haz lo que quieras”.

Tras las vacaciones la empleada tuvo que iniciar un proceso de incapacidad por contingencia común extendiéndose durante mes y medio. Tras su reincorporación se le comunicó el despido disciplinario procedente.

En primera instancia, la justicia declaró el despido como improcedente y condenó a la empresa a readmitirla o indemnizarla con 20.000 euros. Sin embargo, la empresa recurrió y el TSJ le volvió a dar la razón a la empleada, dando el reconocimiento tácito al mensaje de WahtsApp.

El TSJ considera probado en la sentencia que en ningún momento el encargado deniega los permisos, sino que de acuerdo con la conversación se deduce que se hace cargo de la ausencia de la trabajadora, y a pesar de que no lo manifieste expresamente se entiende, por tanto, que le otorga libertad para faltar. De este modo, el Tribunal considera que resulta evidente que la empresa consintió las ausencias.