¿Qué hacer si encuentras a alguien fumando en un bar o en un restaurante?

INFORMATIVOS TELECINCO 02/01/2011 00:00

Si aún así no pasa nada, el siguiente paso es pedir el libro de reclamaciones y poner el hecho en conocimiento de la administración. En general, la denuncia, dirigida preferentemente a los servicios territoriales o provinciales correspondientes, se ha de presentar por duplicado en cualquier oficina integrada de atención al ciudadano o en cualquier oficina de Registro, o bien enviarla por correo certificado administrativo. En algunos casos es posible realizar el trámite por Internet, normalmente con certificado de firma digital, o a través de correo electrónico. También puede que exista la posibilidad de informar los incumplimientos por teléfono, explica www.nofumadores.org.

Las multas por incumplir la ley van desde los 30 euros a los 600.000 euros.

Desde hoy, está prohibido fumar en todos los locales de uso público cerrados, sin excepción: bares restaurantes, discotecas y salas de juegos, entre otros; aeropuertos y estaciones, ya que desaparecen los puntos de fumadores; medios de transporte, incluidos los trenes y los autobuses turísticos con el piso superior al aire libre; interior y exterior de hospitales, colegios y parques infantiles, incluidos los aparcamientos; se prohíbe la aparición y publicidad del tabaco en los medios de comunicación; vehículos que lleven a menores como pasajeros.

Sí se permite fumar en el recinto exterior de las universidades; plazas de toros y estadios deportivos, cuando estén al descubierto; en espacios habilitados en centros de mayores, psiquiátricos y prisiones; terrazas descubiertas que tengan, como mucho, dos paredes y un techo; en clubes de fumadores establecidos sin ánimo de lucro y sin personal, a los que sólo podrán acceder sus socios, claramente censados; habitaciones reservadas para fumadores por los hoteles, hasta un 30% como máximo y que deberán ser siempre las mismas y estar separadas del resto.