Madrid Central: 36 millones en multas por accesos indebidos podrían ser anuladas

  • Se han impuesto más de 800.000 multas por el acceso indebido a Madrid Central

  • Según el alcalde, "Madrid Central sigue en vigor y se tienen que seguir respetando las normas"

El alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, ha cifrado este martes en 36 millones de euros el importe de las multas impuestas por el acceso indebido a Madrid Central y que serían devueltas en caso de que la sentencia que anula el área de bajas emisiones en el centro de la capital sea firme. El Consistorio decidirá si recurre o no la medida en función de los informes jurídicos y técnicos del Consistorio.

Así lo ha trasladado el regidor madrileño durante su visita a la sede de la Empresa Municipal de Transportes (EMT) desde Carabanchel, donde ha pedido que "no se hagan hipótesis" sobre las cuantías de las multas puesto que aún no se ha decidido el recurso.

Almeida ha indicado que se han impuesto más de 800.000 multas por el acceso indebido a Madrid Central, "teniendo en cuenta que el Gobierno anterior, hasta las elecciones decidió no sancionar". "Casualmente dio la orden dos días después", ha lanzado.

Serán los servicios jurídicos del Consistorio quienes determinen "el régimen aplicable a las sanciones" pero, por ahora, el regidor ha reiterado que "no cabe hacer ninguna presunción o juicio sobre si se van a anular o no".

Ha precisado el regidor madrileño que "mientras la sentencia no sea firme, Madrid Central sigue en vigor, y se tienen que seguir respetando las normas que regulan Madrid Central; las invitaciones que corresponden siguen en vigor mientras la sentencia no sea firme".

Un tribunal anula Madrid Central

Este lunes, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha anulado Madrid Central tras estimar parcialmente los recursos presentados por la Comunidad de Madrid, el Grupo Popular en el Ayuntamiento de Madrid y la mercantil 'DVuelta Asistencia Legal' sin entrar al fondo del asunto y sin valorar la delimitación de esta zona de bajas emisiones y su regulación.

Los magistrados anulan por "defectos formales" y a petición de la Comunidad de Madrid, la ordenanza de movilidad sostenible aprobada por el Pleno del Ayuntamiento en sesión extraordinaria el 5 de octubre 2018, por la omisión del trámite de información pública, un requisito que se considera esencial, preceptivo e indispensable al tratarse de una de las principales manifestaciones del derecho que los españoles tienen a participar en los asuntos públicos, y que está reconocido en el artículo 23 de la Carta Magna. Así, quedan anulados los artículos de 21 a 25 de la citada ordenanza.