España legaliza la eutanasia que podrá aplicarse dentro de tres meses

  • Será una nueva prestación del Sistema Nacional de Salud

  • Entrará en vigor dentro de tres meses

  • La Ley ha tenido que superar los vetos de PP y Vox

Con 202 votos a favor, 141 en contra y 2 abstenciones, el Congreso de los Diputados ha aprobado este jueves la ley de eutanasia, que entrará en vigor dentro de tres meses, y que convertirá a España en el séptimo país en reconocer este derecho.

La prestación para la ayuda a morir formará parte de la cartera básica del Sistema Nacional de Salud (SNS) y podrán solicitarla las personas mayores de edad que sufran "una enfermedad grave e incurable" o un "padecimiento grave, crónico e imposibilitante" que afecte a la autonomía y que genere un "sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable".

La eutanasia es legal en Holanda, Bélgica, Luxemburgo, Canadá, Nueva Zelanda y Colombia (en este último país por decisión del Tribunal Constitucional, pero sin que el Parlamento haya aprobado una ley que la regule).

Después de algo más de un año de tramitación parlamentaria, que se vio interrumpida por la pandemia, esta propuesta de regulación de la eutanasia presentada por el PSOE será aprobada en el pleno de este jueves y entrará en vigor dentro de tres meses.

Durante su tramitación en el Congreso y el Senado, la ley de eutanasia ha tenido que superar los vetos presentados por PP y Vox y ha contado con el apoyo mayoritario de ambas Cámaras.

Con esta ley, las personas mayores de edad que sufran "una enfermedad grave e incurable" o un "padecimiento grave, crónico e imposibilitante" que afecte a la autonomía y que genere un "sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable" podrán solicitar la prestación de la ayuda para morir.

Cada caso será supervisado por una Comisión de Garantía y Evaluación creada en cada comunidad autónoma y el afectado podrá recibir la eutanasia unas cinco semanas después de solicitarla, tras ser informado de las distintas alternativas y de los cuidados paliativos disponibles y después de confirmar su voluntad de morir al menos en cuatro ocasiones a lo largo de todo el proceso.

La ayuda para morir podrá realizarse tanto en centros sanitarios -públicos, privados o concertados- como en el domicilio del enfermo y la ley contempla la objeción de conciencia para los profesionales sanitarios que participen en el proceso.