Los distintivos medioambientales
Desde el pasado mes de diciembre, las principales oficinas de Correos de todas las provincias ponen a disposición de los conductores la etiqueta medioambiental que corresponde a su vehículo. Los titulares de vehículos que no dispongan de dispositivo medioambiental correspondiente a la clasificación realizada por la Dirección General de Tráfico, podrán adquirirlo allí, abonando un importe de 5€.
Los distintivos se clasifican en cuatro modelos:
- Cero Emisiones. Vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible.
- Eco. Vehículos híbridos enchufables con autonomía inferior a 40km, vehículos híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural, vehículos propulsados por gas natural (GNC y GNL) o gas licuado del petróleo (GLP). En todo caso, deberán cumplir los criterios de la etiqueta C.
- C. Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014. Vehículos de más de 8 plazas y pesados, tanto de gasolina como diésel, matriculados a partir de 2014. Los de gasolina deben cumplir la norma Euro 4,5 y 6 y en Diésel la Euro 6.
- B. Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero del año 2000 y de diésel a partir de enero de 2006. Vehículos de más de 8 plazas y pesados tanto de gasolina como de diésel matriculados a partir de 2005. Por tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 3 y en Diésel la Euro 4 y 5.
La clasificación de vehículos es fruto del Plan Nacional de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera 2013-2016, establecido como respuesta a las partículas como el dióxido de nitrógeno presentes en el también, surgidas como consecuencia del tráfico rodado, que identifica a los vehículos en función de los niveles de contaminación que emiten.
