Un juzgado de Barcelona autoriza la eutanasia de la joven de 24 años con paraplejia tras el recurso de su padre

Su padre paralizó in extremis su muerte asistida el pasado mes de agosto, a través de un recurso
Desde Abogados Cristianos han asegurado que recurrirán la sentencia
Médicos y forenses desmontan los argumentos de la familia de la joven cuya eutanasia fue paralizada por su padre en Barcelona
La titular del juzgado de lo contencioso número 12 de Barcelona ha avalado la eutanasia de Noelia, la joven de 24 años afectada por una paraplejia cuyo padre paralizó in extremis su muerte asistida el pasado mes de agosto, a través de un recurso en los tribunales, informa Marina Pérez.
En su sentencia, la jueza desestima el recurso que presentó el padre de la joven, representado por el colectivo ultracatólico Abogados Cristianos, contra la decisión de la Generalitat de dar luz verde a su eutanasia, tras el primer juicio celebrado en España por el derecho de la muerte digna.
Concluye que, "no se encuentra justificada" la petición del padre de impedir la muerte digna de la hija, que es mayor de edad y que, aunque tiene un trastorno límite de la personalidad, según el informe psiquiátrico realizado, no sufre ninguna crisis o descompensación relacionada con el mismo que afecte a sus capacidades.
La jueza condena a Abogados Cristianos a pagar las costas del proceso, al concluir que el caso "no ha suscitado dudas" en cuanto al derecho de la joven a la eutanasia ni se han aportado pruebas que sustenten las alegaciones del padre de Noelia.
Abogados Cristianos recurrirá la sentencia
Desde Abogados Cristianos han asegurado que recurrirán la sentencia: "La juez inadmite la solicitud del padre de Noelia porque considera que no tiene legitimación. Sin entrar a valorar cuestiones tan importantes como las irregularidades cometidas por la dupla que autorizó la eutanasia de la joven y que supondría la nulidad de todo el procedimiento. Recurriremos la sentencia e iniciaremos acciones penales".
"Un derecho personalísimo"
La magistrada coincide con el criterio de la Fiscalía y de la Generalitat, que tras el juicio pidieron que se autorizara la eutanasia de Noelia, al entender que era fruto de una decisión autónoma y que la joven reúne los requisitos legales para la muerte asistida.
Eso sí, discrepa de la Fiscalía al concluir que el padre de la joven no tenía legitimación para oponerse a su muerte asistida, un derecho que la jueza limita a los casos de menores o personas con discapacidad.
"En el presente caso la beneficiaria de la prestación es una persona mayor de edad, y su padre no sólo no ha promovido ningún procedimiento de incapacitación, sino que tampoco ha aportado ninguna prueba de la presunta incapacidad", abunda la jueza, por lo que no cree justificada "la defensa de un derecho personalísimo ajeno, como es el derecho a la vida".
La sentencia añade que la joven no convive con sus padres desde hace años -se les retiró la custodia cuando era pequeña- y que actualmente reside en un centro sociosanitario, "al no tener techo ni red social que la pudiese amparar", por lo que la relación con su familia no es suficientemente estrecha como para que estos tengan derecho a inmiscuirse en su voluntad de morir.
La jueza rechaza además los argumentos de Abogados Cristianos de que Noelia sufre un trastorno límite de la personalidad que la ha hecho cambiar varias veces de opinión sobre la eutanasia y les afea que no han aportado "ni un solo testigo" que así lo acredite.
De hecho, el recurso de Abogados Cristianos se aferraba a una nota manuscrita de Noelia en la que esta expresaba sus dudas sobre la eutanasia y pedía que se aplazara para "madurar" su decisión.
No obstante, recuerda la sentencia, Noelia declaró en el juicio que escribió esa nota tras una noche de insomnio y "al dictado" de dos jóvenes de entornos católicos, vinculadas al centro donde estuvo tutelada, quienes a menudo se "colaban en su habitación sin avisar".
"Decisión libre"
A raíz de las declaraciones de los testigos, la jueza concluye que Noelia "se ha mantenido constante en su decisión de recibir la eutanasia" y su capacidad para solicitar la muerte digna "ha quedado acreditada a través de distintos informes emitidos por especialistas en psiquiatría".
En ese sentido, la sentencia se remite a los informes de los forenses expertos en psiquiatría, quienes concluyeron que el consentimiento de Noelia a la muerte asistida había sido "libre, sin injerencia o influencia determinante por su propia enfermedad mental".
Respecto a si Noelia reúne los requisitos para solicitar la eutanasia, recalca la jueza que todos los profesionales coinciden en que la joven "sufre un padecimiento grave, crónico e imposibilitante, sin que se haya practicado ninguna prueba en contrario".
La jueza no ve irregularidad alguna en el hecho de que los profesionales que debían decidir sobre la eutanasia de Noelia expresaran sus dudas sobre el caso con el fin de que este pudiera tratarse en el pleno de la Comisión de Evaluación de Garantía y Evaluación de la Generalitat, cuyos 19 miembros avalaron de forma unánime la decisión de Noelia de poner fin a su vida.
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