¿Cómo afecta la subida del salario mínimo a las empleadas del hogar en 2023?

El salario mínimo interprofesional (SMI) sube este 2023 un 8%. Lo anunció esta semana el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, que dijo que este nuevo SMI alcanzaría el 60% del salario medio en España, hasta los 1.080 euros brutos al mes. ¿Cómo afecta esta subida del SMI al salario de los empleados del hogar?

Este 2023, los empleados de hogar que cobren el salario mínimo pasarán a percibir cada mes 1.080 euros brutos, más las dos pagas extra.

Es decir, que con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2023 las personas que trabajen en el servicio doméstico recibirán 14 pagas de 1.080 euros brutos y no 1.000 como anteriormente.

Otras mejoras para los empleados de hogar

La subida del SMI, que afecta a todos los trabajadores, no es la única mejora para los empleados de hogar en España. También tienen derecho a paro desde octubre de 2022, tras la aprobación del Real Decreto-ley para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar, si tienen cotizados al menos 360 días. Eso ha afectado a las bases de cotización en función de la remuneración. Así quedan:

  • En remuneraciones de hasta 269 euros mensuales, la base de cotización es de 250 euros mensuales.
  • En remuneraciones entre 290,01 y 418 euros mensuales, la base de cotizaciones es de 357 euros al mes.
  • En remuneraciones entre 418,01 y 568 euros mensuales, la base de cotización es de 493 euros mensuales.
  • En remuneraciones entre 568,01 y 718 euros mensuales, la base de cotización será de 643 euros mensuales.
  • En remuneraciones entre 718,01 y 869 euros mensuales, la base de cotización queda en 794 euros mensuales.
  • En remuneraciones entre 869,01 a 1.017 euros mensuales, la base de cotización será de 943 euros mensuales.
  • En remuneraciones entre 1.017,01 a 1.166,669 euros mensuales la base de cotización sube a 1.166,70 euros al mes.
  • Y a partir de 1.166,70 euros mensuales de remuneración, la base de cotización será igual a la remuneración del trabajador.

Así, desde octubre del año pasado, este sistema especial de la Seguridad Social incluye tanto cotizaciones por desempleo como al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA). Desde el 1 de enero las cotizaciones por desempleo se han actualizado. Para contratos de duración indefinida son el 7,05%, del que el 5,50% será a cargo del empleador y el 1,55% a cargo del empleado. Para contratos de duración determinada son el 8,30%, del que el 6,70% será a cargo del empleador y el 1,60% a cargo del empleado.

No obstante, son aplicables las siguientes deducciones: Una del 20% en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes, y una bonificación del 80% en la aportación empresarial por desempleo y al FOGASA. 

Desde el 1 de enero de 2023 ya no es posible que empleador y trabajador pacten menos de 60 horas de trabajo mensual.