Multas

Sanciones en el nuevo registro horario, ¿las empresas podrán multar a los trabajadores que no fichen?

Un trabajador registra su jornada laboral. Europa Press
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El ministerio de Trabajo pisa el acelerador en la reforma del reglamento del registro horario. La derrota parlamentaria del proyecto de ley para reducir la jornada laboral a 37,5 horas ha llevado al equipo de Yolanda Díaz a cambiar de estrategia, con la creencia que los nuevos cambios rebajarán, aun más, el cómputo total de la horas trabajadas para muchos trabajadores. Las limitaciones de esta tramitación impedirán aumentar las sanciones, pero algunas informaciones apuntan a que se buscan fórmulas para que sean las empresas las que sancionen a los trabajadores que no cumplimentan el registro de jornada diario.

El real decreto, en fase de consulta pública hasta el 26 de septiembre, recuperará lo ya incluido en el proyecto de ley de reducción de jornada vetado la semana pasada por el Congreso, salvo lo que tiene que ver con el aumento de las sanciones y con su establecimiento por trabajador en lugar de por empresa, un cambio que no se puede hacer por la vía reglamentaria.

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En este sentido, El Español, informaba este miércoles citando a fuente del ministerio de Trabajo que se estudia la posibilidad de que las empresas puedan sancionar a aquellos trabajadores que "no apunten sus horas".

Cambios en el registro horario

La semana pasada, el Ministerio de Trabajo sacó a consulta pública previa el proyecto de Real Decreto para desarrollar el nuevo registro de jornada y el derecho a la desconexión de los trabajadores.

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En este texto se comprueba que Trabajo no va a renunciar a actualizar las sanciones en el reglamento del registro horario que contemplaba multas de hasta 10.000 euros por trabajador a las empresas que incumplan con el registro horario y la reducción de la jornada.

Según Trabajo, el registro horario, que formaba parte del proyecto de ley para reducir la jornada junto a la desconexión digital, será practicable "cuánto antes" y no pasará por otra mesa de negociación porque esta medida ya fue negociada por sindicatos y patronal durante 11 meses en la mesa de diálogo para negociar el recorte del tiempo de trabajo, un diálogo que se cerró sin acuerdo con la patronal.

Sobre el reglamento, fuentes del Ministerio han indicado que la idea es que las empresas no puedan usar las horas extraordinarias para hacer un abuso en las jornadas a través de un registro horario digital que sea no manipulable, accesible, interoperable o en remoto para la Inspección de Trabajo.

El reglamento obligará a las empresas a disponer de un registro horario en el que el trabajador incorpore el inicio y fin de la jornada, así como los descansos y pausas, con el objetivo de totalizar el conjunto de horas a final de mes y a partir de ahí ver si hay horas extraordinarias.

Desde Trabajo consideran que con un registro "eficaz" que permita a la Inspección de Trabajo hacer un control "masivo" y "cotidiano" a las empresas, la jornada efectiva de trabajo puede, incluso, bajar más de lo que se iba a lograr con la rebaja de jornada a 37,5 horas.

Adicionalmente, han asegurado que se garantizará la protección de datos y que este no será un problema "adicional", para lo que, destacan, lo más probable es que la Agencia de Protección de datos esté en el órgano consultivo de este desarrollo reglamentario.